Ley OrgánicaNacionalvigente

Acuerdo de 7 de febrero de 2008, de la Presidencia del Tribunal Supremo y de la Sala del Artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por el que se habilita el Registro General del Tribunal Supremo y la Secretaría de la Sala del Artículo 61 LOPJ para la presentación de los recursos contencioso-electorales que pudieran interponerse, los días 13, 14, 15 y 16 de febrero de 2008, así como las alegaciones atinentes a los mismos.

BOE-A-2008-2191Publicada: 08/02/2008TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

**Horario especial para presentar recursos electorales** Este acuerdo se refiere a un procedimiento específico para presentar recursos relacionados con elecciones. Básicamente, se trata de habilitar unos días y horas concretas para que los ciudadanos o partidos políticos puedan interponer demandas o alegaciones ante el Tribunal Supremo en un plazo determinado. Es una medida para asegurar que nadie se quede fuera por no poder presentar su recurso a tiempo. Lo que cambia es que, durante los días 13, 14, 15 y 16 de febrero de 2008, el Registro General del Tribunal Supremo y la Secretaría de una sala especial (la del Artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial) tendrían un horario ampliado y continuo. Esto significa que estarían abiertos fuera de las horas habituales, incluso de madrugada, para facilitar la presentación de estos documentos legales. La entrada en vigor de esta medida fue inmediata, ya que el acuerdo se firmó el 7 de febrero de 2008 y establecía la habilitación para los días 13, 14, 15 y 16 de febrero de ese mismo año. Por lo tanto, fue una medida temporal y específica para ese periodo electoral concreto. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este acuerdo de 2008 se enmarca en la necesidad de garantizar el acceso a la justicia electoral en momentos críticos. Antes de medidas como esta, la presentación de recursos solía ceñirse a horarios administrativos estándar, lo que podía ser un obstáculo si los plazos coincidían con fines de semana o festivos. La habilitación de registros en el Tribunal Supremo para recursos contencioso-electorales es una práctica que busca agilizar y asegurar la tramitación de litigios electorales, especialmente relevantes en periodos de campaña o post-electoral. Si bien otras jurisdicciones o normativas europeas pueden tener mecanismos similares de ampliación horaria para trámites urgentes, este acuerdo es específico del ámbito nacional español y de la Sala del Artículo 61 de la LOPJ, encargada de resolver este tipo de conflictos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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