Ley OrgánicaNacionalvigente

Cuestión de inconstitucionalidad número 8973-2007, en relación con el artículo 153.1 del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

BOE-A-2008-1619Publicada: 31/01/2008TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

**Un juez duda si una ley contra la violencia de género es constitucional** Un juzgado de Murcia ha planteado una duda al Tribunal Constitucional sobre si el artículo 153.1 del Código Penal, modificado por la ley de 2004 para proteger contra la violencia de género, cumple con la Constitución. Esto significa que el Tribunal Constitucional revisará si esta parte de la ley, que castiga ciertas agresiones, respeta los derechos fundamentales como la igualdad y la protección judicial. La revisión está en marcha desde enero de 2008, pero aún no hay una decisión final. Las partes implicadas en el caso original tienen un plazo para presentar sus argumentos ante el Tribunal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Ley Orgánica 1/2004 supuso un avance significativo en la protección contra la violencia de género, estableciendo medidas penales y procesales específicas. La cuestión de inconstitucionalidad planteada por un juzgado murciano pone en tela de juicio la constitucionalidad de un artículo concreto de esta ley, específicamente el 153.1, que tipifica ciertas agresiones. El Tribunal Constitucional, máximo intérprete de la Carta Magna, deberá determinar si dicha redacción vulnera principios fundamentales como la igualdad y la no discriminación. Esta revisión es crucial, ya que una declaración de inconstitucionalidad podría tener implicaciones en la aplicación de la ley y en la protección de las víctimas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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