Ley OrgánicaNacionalvigente

Real Decreto 1595/2011, de 4 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 336/2010, de 19 de marzo, por el que se establecen las especialidades de los Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

BOE-A-2011-19596Publicada: 16/12/2011MINISTERIO DE EDUCACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de especialidades para profesores de idiomas** Este Real Decreto modifica una norma anterior que definía las especialidades de los profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas. Su objetivo principal es ajustar la denominación de una especialidad relacionada con la enseñanza del español a extranjeros para que sea más coherente con el resto de las enseñanzas de idiomas. Busca asegurar que la enseñanza de calidad sea impartida por los profesionales más adecuados. Lo que cambia concretamente es la adscripción de los funcionarios que ya impartían español para extranjeros a una nueva especialidad denominada simplemente "Español". Esto se hace para unificar criterios y evitar confusiones, ya que la denominación anterior había sido modificada previamente en el Boletín Oficial del Estado. Se trata de una regularización administrativa para los docentes ya en servicio. La entrada en vigor de esta modificación se produjo tras su aprobación por el Consejo de Ministros el 4 de noviembre de 2011. No obstante, la norma que se modifica, el Real Decreto 336/2010, entró en vigor en 2010. Este cambio afecta directamente a los funcionarios que ya poseían la especialidad de "Español para extranjeros" antes de la aplicación del Real Decreto 336/2010. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta modificación, existía una especialidad docente denominada "Español para extranjeros" en los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas. El Real Decreto 336/2010 ya había intentado unificar denominaciones, pero este nuevo Real Decreto 1595/2011 busca corregir y clarificar la adscripción de los funcionarios a la especialidad "Español", alineándola con la normativa europea y otras Comunidades Autónomas que ya utilizaban denominaciones más genéricas. La norma ha sido aprobada a nivel estatal, tras consultar a las comunidades autónomas, y su importancia radica en garantizar la coherencia y calidad del profesorado de idiomas, asegurando que las titulaciones y especialidades reflejen adecuadamente las necesidades formativas actuales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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