Ley OrgánicaNacionalvigente

Sentencia de 10 de febrero de 2015, del Pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara inaplicable el inciso "y existan en el centro módulos que garanticen la unidad e intimidad familiar" del artículo 62 bis 1.i) de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero; y se anulan diversos incisos de los artículos 7.3, segundo párrafo, 16.2.k), 21.3 y el apartado 2 del artículo 55 del Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento y régimen i

BOE-A-2015-5487Publicada: 19/05/2015TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

**El Tribunal Supremo protege la intimidad familiar en centros de internamiento** Esta sentencia del Tribunal Supremo aclara cómo deben ser los registros en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE). Antes, la ley permitía que se exigiera que hubiera módulos especiales para garantizar la unidad e intimidad familiar como condición para el internamiento. Ahora, el Tribunal Supremo ha decidido que esta exigencia no es aplicable, lo que significa que la falta de estos módulos no puede ser un motivo para internar a alguien. Lo que cambia concretamente es que se eliminan requisitos que podían dificultar el internamiento de personas en los CIE, especialmente aquellos relacionados con la disponibilidad de espacios que aseguren la vida privada y familiar. Además, se anulan ciertas partes del reglamento que permitían solicitar un nuevo internamiento por las mismas causas si no se cumplía el plazo máximo, y se clarifican las normas sobre registros personales para asegurar que se respeten los derechos de las personas internas. Esta sentencia del Tribunal Supremo es de fecha 10 de febrero de 2015 y su efecto es que las partes declaradas inaplicables o nulas dejan de tener validez. La sentencia se publica para que todos los organismos implicados conozcan y apliquen estas nuevas directrices en el funcionamiento de los CIE. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta sentencia, el Reglamento de Funcionamiento y Régimen Interior de los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) contenía disposiciones que, según el Tribunal Supremo, limitaban indebidamente los derechos de las personas. La sentencia del Tribunal Supremo, de 2015, anula o declara inaplicables varios de estos preceptos, incluyendo la exigencia de módulos que garanticen la unidad e intimidad familiar. Esta decisión es relevante porque afecta directamente a las condiciones de internamiento de personas extranjeras en España, buscando un mayor respeto a sus derechos fundamentales, como la intimidad y la vida familiar, en comparación con normativas que podrían haber sido más restrictivas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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