Cuestión de inconstitucionalidad nº. 3667-2015, en relación con el artículo 2e) y 7.1 y 3, de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 3/2013, por posible vulneración del artículo 24.1 de la Constitución.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Cuestión de inconstitucionalidad nº. 3667-2015, en relación con el artículo 2e) ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Tribunal Constitucional declara extinguida la cuestión de inconstitucionalidad nº 3667-2015 debido a la desaparición de su objeto. 2. **CONTEXTO** La cuestión fue planteada por el Juzgado de 1.ª Instancia número 8 de A Coruña en relación con la Ley 10/2012, que regula tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. La cuestión fue admitida a trámite el 6 de octubre de 2015 y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 9 de octubre de 2015. El Tribunal Constitucional resolvió el 13 de febrero de 2017. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Tribunal Constitucional, en su Auto de 13 de febrero de 2017, acordó declarar extinguida la cuestión de inconstitucionalidad nº 3667-2015. Esta decisión se fundamenta en la desaparición sobrevenida del objeto de la cuestión, es decir, en la extinción del conflicto jurídico que la originó. La cuestión se planteaba en relación con los artículos 2e), 7.1 y 3 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, que regula determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 3/2013. La cuestión se consideraba posible vulneración del artículo 24.1 de la Constitución Española, que establece que la ley regula las tasas y que su fijación debe ser proporcional y no discriminatoria. El Tribunal señala que, tras la entrada en vigor de la norma que modificó la Ley 10/2012, el objeto de la cuestión de inconstitucionalidad ya no existía, ya que la norma cuestionada había sido modificada o derogada, lo que llevó a la extinción de la cuestión. Por ello, el Tribunal considera que no es necesario analizar si la norma cuestionada vulneraba el derecho a la propiedad o la libertad de empresa, ya que el conflicto no se mantiene. El Auto se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 17 de febrero de 2017, y fue firmado por la Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra. La decisión no implica una valoración de la constitucionalidad de la norma en sí misma, sino simplemente la extinción de la cuestión por desaparición del objeto. Esta práctica es habitual en el Tribunal Constitucional cuando la norma cuestionada ha sido modificada o derogada, lo que hace innecesario su examen. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Constitucional declara extinguida la cuestión de inconstitucionalidad nº 3667-2015 por desaparición del objeto. La norma cuestionada fue modificada o derogada, lo que hace innecesario su examen. La decisión no implica una valoración de su constitucionalidad. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Extinción de la cuestión**: El Tribunal declara extinguida la cuestión de inconstitucionalidad debido a la desaparición de su objeto. ⚠️ **Modificación de la norma**: La norma cuestionada fue modificada o derogada, lo que hace innecesario su examen. 📋 **Procedimiento habitual**: Esta decisión refleja una práctica común del Tribunal Constitucional cuando el objeto de la cuestión ya no existe. ℹ️ **No valoración de constitucionalidad**: La decisión no implica una valoración de si la norma es constitucional o no. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Constitucional - **Fuente**: Auto del Tribunal Constitucional - **Tipo**: Resolución judicial - **Fecha**: 13 de febrero de 2017 - **Materias**: Derecho constitucional, tasas, Administración de Justicia, Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Constitucional, cuestión de inconstitucionalidad, desaparición del objeto, norma modificada, derecho a la propiedad, libertad de empresa, Ley 10/2012, Real Decreto-ley 3/2013, artículo 24.1 de la Constitución. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la extinción de esta cuestión de inconstitucionalidad, la Ley 10/2012, modificada por el Real Decreto-ley 3/2013, establecía tasas judiciales que generaron debate sobre su compatibilidad con el derecho a la tutela judicial efectiva. Esta normativa estatal, que introdujo un sistema de tasas para el acceso a la justicia, se diferenciaba de enfoques previos y de la regulación en otras Comunidades Autónomas, donde la imposición de tasas podía tener matices distintos o no existir en la misma medida. La cuestión fue planteada por un juzgado y, aunque no llegó a una resolución de fondo por parte del Tribunal Constitucional, su tramitación evidenciaba la preocupación por si estas tasas limitaban el acceso a la justicia para el ciudadano, especialmente para aquellos con menos recursos económicos, afectando así el principio de igualdad y la efectividad de sus derechos ante los tribunales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────