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Cuestión de inconstitucionalidad nº. 4865-2016, en relación con el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, por posible vulneración del artículo 31.1 de la Constitución.

BOE-A-2017-1285Publicada: 09/02/2017TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Cuestión de inconstitucionalidad nº. 4865-2016, en relación con el artículo 107 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad nº 4865-2016, planteada por un juzgado de lo contencioso-administrativo, en relación con el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por posible vulneración del artículo 31.1 de la Constitución. 2. **CONTEXTO** La cuestión fue planteada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 1 de Jerez de la Frontera en el recurso ordinario núm. 445-2015. El Pleno del Tribunal Constitucional, mediante providencia de 31 de enero de 2017, ha decidido admitir la cuestión a trámite. Quienes sean parte en el procedimiento 445-2015 podrán personarse ante el Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del edicto en el «Boletín Oficial del Estado». 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La cuestión de inconstitucionalidad nº 4865-2016 se centra en el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. El planteamiento se basa en la posible vulneración del artículo 31.1 de la Constitución, que establece que la administración pública debe actuar con imparcialidad, sin discriminación ni favoritismo. El artículo 107 del mencionado Real Decreto Legislativo regula la base imponible de los impuestos locales, y se cuestiona si su redacción permite una interpretación que afecte la igualdad de trato entre los ciudadanos. El Pleno del Tribunal Constitucional, al admitir la cuestión a trámite, ha acordado que la Sala Primera, a la que le corresponde por turno objetivo, conozca de la cuestión. Esto implica que el Tribunal iniciará el análisis jurídico de si el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004 es compatible con el derecho fundamental a la igualdad. De conformidad con el artículo 37.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC), las partes del procedimiento 445-2015 podrán personarse ante el Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del edicto en el «Boletín Oficial del Estado». La admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad no implica que el Tribunal haya dictado una sentencia, sino que ha iniciado el proceso de examen de la norma en cuestión. Este proceso puede culminar en una decisión que declare la inconstitucionalidad de la norma o que la declare compatible con la Constitución. El Tribunal Constitucional ha seguido el procedimiento establecido en el artículo 10.1.c) de la LOTC, que permite deferir la cuestión a una Sala específica. Este mecanismo garantiza que las cuestiones de inconstitucionalidad sean analizadas por un órgano especializado, lo que asegura una aplicación uniforme del derecho constitucional. La admisión a trámite de la cuestión de inconstitucionalidad es un paso previo a la resolución definitiva del Tribunal. Durante este proceso, se analizarán los argumentos presentados por las partes, se examinará la norma en cuestión y se evaluará si existe una vulneración del derecho fundamental a la igualdad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad planteada por un juzgado de lo contencioso-administrativo. La norma en cuestión se someterá a análisis para determinar si vulnera el derecho a la igualdad. Las partes podrán personarse ante el Tribunal en el plazo establecido. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Admisión a trámite**: El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad nº 4865-2016. ⚠️ **Vulneración posible**: Se plantea que el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004 podría vulnerar el derecho a la igualdad. 📋 **Procedimiento**: Las partes podrán personarse ante el Tribunal dentro de los quince días posteriores a la publicación del edicto. ℹ️ **Análisis por Sala**: La Sala Primera será la encargada de conocer la cuestión, según el turno objetivo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Constitucional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Edicto de admisión a trámite - **Fecha**: 31 de enero de 2017 - **Materias**: Derecho constitucional, Haciendas locales, Igualdad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Constitucional, cuestión de inconstitucionalidad, artículo 31.1 Constitución, artículo 107 Real Decreto Legislativo 2/2004, igualdad, Haciendas Locales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta cuestión de inconstitucionalidad, el artículo 107 del Real Decreto Legislativo 2/2004 regulaba aspectos de las Haciendas Locales, una materia de ámbito estatal que, si bien podía tener desarrollos autonómicos, se basaba en un marco nacional. La normativa estatal, en este caso, es la que se somete a escrutinio por posible conflicto con el artículo 31.1 de la Constitución española, que consagra los principios de legalidad y capacidad económica en materia tributaria. A diferencia de otras CCAA que podrían tener normativas específicas en sus ámbitos, aquí es el propio Real Decreto estatal el que está siendo cuestionado por un juzgado, no una norma autonómica. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que una declaración de inconstitucionalidad podría invalidar o modificar la forma en que se gravan ciertos aspectos de la propiedad o la actividad local, afectando directamente a la carga fiscal y a la previsibilidad de las obligaciones tributarias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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