Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades del anexo III de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2, mediante Orden ARM/1783/2011, de 22 de junio, y por la que se modifica su anexo.

BOE-A-2017-12356Publicada: 30/10/2017MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden APM/1040/2017, de 23 de octubre, por la que se establece la fecha a partir ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial 1040/2017 establece la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para ciertas actividades de alto riesgo medioambiental, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2, según el anexo de la Ley 26/2007. 2. **CONTEXTO** Esta norma se inscribe en el marco de la Directiva 2004/35/CE sobre responsabilidad medioambiental, que busca la prevención y reparación de daños ambientales. La Ley 26/2007, modificada posteriormente, estableció un régimen de responsabilidad medioambiental obligatorio para ciertos operadores. La Orden Ministerial 1040/2017 se enmarca en este marco legal para regular la garantía financiera como mecanismo de aseguramiento de la reparación de daños. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial 1040/2017, de 23 de octubre de 2017, regula la fecha a partir de la cual será exigible la constitución de la garantía financiera obligatoria para las actividades incluidas en el anexo III de la Ley 26/2007, clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2. Esta norma se basa en la Orden ARM/1783/2011, que estableció el anexo mencionado. La garantía financiera es un mecanismo que permite al Estado asegurar la reparación de daños medioambientales causados por actividades de alto riesgo. Según el artículo 24 de la Ley 26/2007, los operadores que desarrollen actividades incluidas en el anexo III deben disponer de una garantía financiera que les permita hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a su actividad. Esta garantía debe ser suficiente para cubrir los costes de reparación de daños causados. La cantidad mínima a garantizar será determinada por el operador según la intensidad y extensión del daño que su actividad pueda causar. La Orden Ministerial 1040/2017 establece que la garantía financiera será exigible a partir de la fecha indicada en la norma, que se publicó en el Boletín Oficial del Estado. Esta fecha marca el momento en el que los operadores deberán cumplir con la obligación de constituir dicha garantía. La norma se dicta al amparo de los artículos 149.1.23.ª y 149.1.11.ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia sobre legislación básica de protección del medio ambiente y sobre las bases de la ordenación de seguros. La Orden también establece que entrará en vigor el día siguiente a su publicación, lo que significa que los operadores deberán cumplir con la obligación de constituir la garantía financiera a partir de esa fecha. La norma se aplica a actividades como el tratamiento de aguas, la captura de CO2 y la gestión de residuos mineros clasificados como de categoría A según el Real Decreto 975/2009. Estas actividades son consideradas de alto riesgo medioambiental y requieren un mecanismo de garantía financiera para asegurar la reparación de daños. La Orden Ministerial 1040/2017, por tanto, establece una fecha específica para la exigibilidad de la garantía financiera, lo que implica que los operadores deberán cumplir con esta obligación a partir de esa fecha. Esta medida busca garantizar que los operadores tengan los recursos necesarios para reparar cualquier daño medioambiental que puedan causar, asegurando así la protección del medio ambiente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial 1040/2017 establece una fecha específica para la exigibilidad de la garantía financiera obligatoria. Esta garantía es un mecanismo clave para asegurar la reparación de daños medioambientales causados por actividades de alto riesgo. La norma se aplica a actividades específicas y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fecha de exigibilidad**: La garantía financiera será exigible a partir de la fecha indicada en la norma. ⚠️ **Actividades de alto riesgo**: Se aplica a actividades clasificadas como nivel de prioridad 1 y 2. 📋 **Mecanismo de garantía**: La garantía financiera asegura la reparación de daños medioambientales. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial 1040/2017 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 23 de octubre de 2017 - **Materias**: Responsabilidad medioambiental, garantía financiera, protección del medio ambiente - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 2017, la exigencia de garantías financieras para actividades de riesgo medioambiental, si bien contemplada en la Ley 26/2007, se encontraba en un estado de desarrollo reglamentario incompleto, especialmente para los niveles de prioridad 1 y 2. La Directiva Europea 2004/35/CE sentó las bases de la responsabilidad medioambiental, y la ley española la desarrolló, pero la concreción de las garantías financieras, a diferencia de otras CCAA que podían haber avanzado de forma más específica, dependía de normativas posteriores como la Orden ARM/1783/2011. Esta Orden de 2017, aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, aclara cuándo se vuelve obligatoria la garantía para daños de menor entidad, lo cual es crucial para el ciudadano porque asegura que existirá un respaldo económico para la reparación de daños medioambientales, incluso en supuestos menos graves, protegiendo así el derecho a un medio ambiente adecuado y la obligación de reparar los daños. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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