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Instrucción 6/2019, de 18 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública y de delegación en las Juntas Electorales Provinciales y en la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana de las competencias previstas en el artículo 65.5 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, en relación con las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado y elecciones a Les Corts, que se cele

BOE-A-2019-4083Publicada: 21/03/2019JUNTA ELECTORAL CENTRAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Instrucción 6/2019, de 18 de marzo, de la Junta Electoral Central, sobre distrib ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Instrucción 6/2019 establece cómo se distribuirán los espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios públicos para las elecciones del 28 de abril de 2019, delegando funciones en las Juntas Electorales Provinciales y en la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana. 2. **CONTEXTO** Las elecciones al Congreso de los Diputados, al Senado y a Les Corts se convocaron para el 28 de abril de 2019. La Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General establece que la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral debe ser propuesta por una Comisión de Radio y Televisión integrada por representantes de partidos con representación en el Congreso. La Junta Electoral Central delega estas competencias en las Juntas Electorales Provinciales y en la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Instrucción 6/2019, de 18 de marzo de 2019, regula la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública para las elecciones del 28 de abril de 2019. Esta norma se basa en el artículo 65.5 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), que otorga a la Junta Electoral Central la facultad de delegar en las Juntas Electorales Provinciales y en la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana las competencias para la distribución de dichos espacios. En el primer apartado, se establece que la Junta Electoral Central distribuirá los espacios gratuitos en la programación nacional de los medios públicos estatales, teniendo en cuenta los resultados de las anteriores elecciones al Congreso de los Diputados y a propuesta de la Comisión de Radio y Televisión integrada por representantes de partidos con representación en el Congreso. Esta Comisión estará compuesta por un representante de cada partido, federación o coalición que participe en las elecciones del 28 de abril. En el segundo apartado, se delegan en las Juntas Electorales Provinciales, excepto en la Comunitat Valenciana, y en las Juntas Electorales de Ceuta y Melilla, las competencias de la Junta Electoral Central para la distribución de espacios gratuitos en las programaciones regionales de los medios públicos estatales y en aquellos medios con ámbito similar. Para ello, se constituirá una Comisión en cada ámbito territorial, dirigida por la Junta Electoral Provincial correspondiente, que tendrá en cuenta la representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados del área. La distribución se realizará considerando los resultados de las elecciones anteriores al Congreso de los Diputados, según el artículo 63.1 de la LOREG. En el tercer apartado, se establece que la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana será la encargada de distribuir los espacios gratuitos en los medios de comunicación de la Comunitat Valenciana y en la programación regional de los medios nacionales. Para ello, se creará una Comisión bajo su dirección, que tendrá en cuenta la representación parlamentaria en el Congreso de los Diputados del ámbito territorial. Los espacios se dividirán en dos bloques: uno para las elecciones a Les Corts, basado en los resultados de las anteriores elecciones a estas, y otro para las elecciones al Congreso de los Diputados, según los resultados de las elecciones anteriores y los criterios establecidos en la Instrucción. La Instrucción se publica en el Boletín Oficial del Estado, conforme al artículo 18.6 de la LOREG, debido a su carácter general. Esta norma se aplica a las elecciones del 28 de abril de 2019, garantizando una distribución equitativa y transparente de los espacios de propaganda electoral en los medios públicos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Instrucción 6/2019 establece el procedimiento para la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios públicos para las elecciones del 28 de abril de 2019. La Junta Electoral Central delega estas funciones en las Juntas Electorales Provinciales y en la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana. La distribución se realiza considerando los resultados de las elecciones anteriores y la representación parlamentaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Distribución de espacios gratuitos**: Se establece cómo se asignarán los espacios de propaganda electoral en los medios públicos para las elecciones del 28 de abril de 2019. ⚠️ **Delegación de competencias**: La Junta Electoral Central delega en las Juntas Electorales Provinciales y en la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana las funciones de distribución de espacios. 📋 **Comisiones de representación**: Se crea una Comisión en cada ámbito territorial, compuesta por representantes de partidos con representación en el Congreso de los Diputados. ℹ️ **Consideración de resultados electorales**: La distribución se basa en los resultados de las elecciones anteriores al Congreso de los Diputados. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Instrucción 6/2019, de 18 de marzo - **Tipo**: Instrucción - **Fecha**: 18 de marzo de 2019 - **Materias**: Elecciones, propaganda electoral, medios de comunicación, distribución de espacios - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta instrucción de 2019, la distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en medios públicos se regía por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que establecía la propuesta de una Comisión de Radio y Televisión con representación en el Congreso para la programación nacional, y permitía a la Junta Electoral Central (JEC) delegar la distribución regional y local en las Juntas Electorales Provinciales. Esta instrucción, aprobada por la JEC, clarifica y delega competencias, pero excluye explícitamente a la Junta Electoral de la Comunitat Valenciana de la delegación general para la distribución regional, manteniendo su competencia específica. Esta diferencia es relevante para el ciudadano valenciano, ya que la gestión de la propaganda electoral en medios públicos de ámbito autonómico en su territorio se rige por un órgano propio, lo que podría implicar criterios o procedimientos distintos a los del resto de las CCAA. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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