Ley OrgánicaNacionalvigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 2379-2021, contra la Ley Orgánica 4/2021, de 29 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para el establecimiento del régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones.

BOE-A-2021-15304Publicada: 22/09/2021TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Recurso de inconstitucionalidad n.º 2379-2021, contra la Ley Orgánica 4/2021, de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Pleno del Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad 2379-2021 contra la Ley Orgánica 4/2021, promovido por diputados del Grupo Parlamentario Vox. 2. **CONTEXTO** El recurso fue presentado por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox en el Congreso de los Diputados. Se cuestiona la Ley Orgánica 4/2021, que modifica la Ley Orgánica 6/1985 del Poder Judicial. La decisión fue tomada el 16 de septiembre de 2021 por el Pleno del Tribunal Constitucional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El recurso de inconstitucionalidad 2379-2021 fue admitido a trámite por el Pleno del Tribunal Constitucional, según la providencia de 16 de septiembre de 2021. La Ley Orgánica 4/2021, de 29 de marzo de 2021, modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio de 1985, del Poder Judicial, con el objetivo de establecer el régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones. El recurso fue promovido por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox, quienes cuestionan la constitucionalidad de dicha norma. El Tribunal Constitucional, al admitir el recurso, ha iniciado el proceso de revisión de la constitucionalidad de la Ley Orgánica 4/2021. Según el artículo 167.1 de la Constitución Española, el Tribunal Constitucional tiene competencia para conocer de recursos de inconstitucionalidad. El recurso se presenta ante el Tribunal Constitucional por el órgano que considere que una norma se ha hecho o se hará inconstitucional, según el artículo 167.2 de la Constitución. El recurso de inconstitucionalidad se presenta en el Pleno del Tribunal Constitucional, que lo tramita y decide si se admite o no a trámite. En este caso, el Pleno decidió admitir el recurso, lo que implica que la norma será analizada en profundidad para determinar si se encuentra en conflicto con la Constitución. El recurso de inconstitucionalidad puede ser promovido por cualquier órgano del Estado, así como por ciudadanos, en los casos previstos en el artículo 167.3 de la Constitución. En este caso, el recurso fue promovido por el Grupo Parlamentario Vox, lo que indica que consideran que la norma afecta a la Constitución. El Pleno del Tribunal Constitucional, al admitir el recurso, ha iniciado el proceso de revisión de la constitucionalidad de la Ley Orgánica 4/2021. Este proceso puede llevar a la declaración de inconstitucionalidad de la norma, lo que implicaría su derogación o modificación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Tribunal Constitucional admitió a trámite el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica 4/2021. Este proceso iniciará la revisión de la constitucionalidad de la norma. La decisión no declara aún la inconstitucionalidad, pero abre el camino para su análisis. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Admisión a trámite**: El recurso fue admitido por el Pleno del Tribunal Constitucional. ⚠️ **Cuestionamiento constitucional**: Se cuestiona la constitucionalidad de la Ley Orgánica 4/2021. 📋 **Procedimiento legal**: El recurso se tramita según el artículo 167 de la Constitución. ℹ️ **Promovido por Vox**: El recurso fue presentado por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Vox. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Constitucional - **Fuente**: Pleno del Tribunal Constitucional - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 16 de septiembre de 2021 - **Materias**: Poder Judicial, Constitucionalidad, Ley Orgánica 4/2021 - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Constitucional, recurso de inconstitucionalidad, Ley Orgánica 4/2021, Poder Judicial, Vox ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley Orgánica 4/2021, el régimen jurídico del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en funciones se regía por la Ley Orgánica 6/1985, que establecía un marco general para su actuación. La normativa estatal previa, y la práctica habitual en España, no contemplaba una regulación específica tan detallada para un CGPJ en funciones como la introducida por esta ley, a diferencia de lo que podría ocurrir en otros ordenamientos jurídicos o incluso en algunas CCAA con competencias en materias afines. Este recurso de inconstitucionalidad, promovido por diputados del Grupo Parlamentario Vox, cuestiona la constitucionalidad de esta modificación, lo que implica que su aprobación y aplicación futura están en suspenso hasta la decisión del Tribunal Constitucional. La diferencia es crucial para el ciudadano porque afecta directamente a la gobernanza y legitimidad de un órgano fundamental para el funcionamiento del Estado de Derecho, pudiendo impactar en la percepción de independencia judicial y en la estabilidad institucional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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