Ley OrgánicaNacionalvigente

Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, para la regulación del ejercicio del voto por los españoles que viven en el extranjero.

BOE-A-2022-16018Publicada: 03/10/2022Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre, de reforma de la Ley Orgánica 5/1985, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley Orgánica 12/2022 reforma el Régimen Electoral General para facilitar el voto de los españoles en el extranjero, introduciendo un procedimiento extraordinario de verificación de datos y medidas para garantizar el acceso al sufragio activo. **2. CONTEXTO** La Ley Orgánica 5/1985 fue modificada en 2011 con la Ley Orgánica 2/2011, introduciendo el voto rogado para los españoles en el extranjero. Este sistema requiere solicitar previamente el voto, lo cual ha generado dificultades en el cumplimiento de plazos y ha reducido la participación electoral. La Ley Orgánica 12/2022 busca resolver estos problemas mediante medidas extraordinarias y mejoras en el proceso electoral. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Orgánica 12/2022, de 30 de septiembre de 2022, reforma la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, con el objetivo de mejorar el acceso del voto para los españoles residentes en el extranjero. En el preámbulo, se explica que el sistema de voto rogado introducido en 2011 ha generado dificultades prácticas, como plazos breves para la solicitud de documentación electoral y la remisión del voto, lo que ha limitado la participación electoral. La ley establece que el Gobierno, previo informe favorable de la Junta Electoral Central, llevará a cabo un procedimiento extraordinario de verificación de datos de los españoles inscritos en el Censo de Españoles Residentes Ausentes. Este procedimiento se realizará periódicamente, con un intervalo mínimo de cinco años, con el fin de comprobar la fe de vida de los electores y corregir los datos inscritos. Además, el Gobierno revisará la normativa sobre inscripción en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares en el extranjero, y adoptará medidas extraordinarias para garantizar el derecho al voto de personas enfermas o con discapacidad. En la Disposición adicional tercera, se establece que el Gobierno dictará una orden en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la ley, previo informe favorable de la Junta Electoral Central, que determine las condiciones para la designación de nuevos centros habilitados para el depósito del voto en urna, además de las Embajadas y Oficinas Consulares. Esta orden incluirá garantías, procedimientos homogéneos y dotaciones materiales y personales, entre las que se dispondrán sistemas de seguridad adecuados para los sobres de envío. La ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Orgánica 12/2022 busca mejorar el acceso al voto para los españoles en el extranjero mediante medidas extraordinarias y la revisión de procesos electorales. Se establece un procedimiento periódico de verificación de datos y se garantiza el derecho al voto para personas con discapacidad o enfermedad. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento extraordinario de verificación de datos**: Se realizará periódicamente con un intervalo mínimo de cinco años. ⚠️ **Dificultades en el voto rogado**: Plazos breves y dependencia de servicios postales han limitado la participación electoral. 📋 **Revisión de normativa**: Se revisará la inscripción en los Registros de Matrícula de las Oficinas Consulares. ℹ️ **Acceso al voto para personas con discapacidad o enfermedad**: Se adoptarán medidas extraordinarias para garantizar su derecho. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Ley Orgánica - **Fecha**: 30 de septiembre de 2022 - **Materias**: Derecho electoral, derecho constitucional, derecho internacional público, derecho de los ciudadanos en el extranjero - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: voto en el extranjero, reforma electoral, derecho al sufragio, Censo de Españoles Residentes Ausentes, procedimiento electoral, garantías electorales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Ley Orgánica 12/2022, aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey, deroga el sistema del "voto rogado" introducido en 2011, que exigía a los españoles residentes en el extranjero solicitar activamente su derecho a voto, resultando en una drástica caída de la participación, muy por debajo de los niveles previos a 2011 y de la participación media nacional. Esta reforma, que elimina la necesidad de rogar el voto, se alinea con la tendencia de facilitar el sufragio para los ciudadanos, a diferencia de la normativa anterior que dificultaba su ejercicio. La diferencia es crucial para el ciudadano en el extranjero, ya que resta barreras burocráticas y temporales, permitiendo un ejercicio más efectivo de un derecho fundamental, sin que existan normativas autonómicas o directivas de la UE que impongan un sistema similar de voto rogado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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