Ley OrgánicaNacionalvigente

Real Decreto 664/2024, de 9 de julio, por el que se regulan las ayudas económicas a víctimas de violencias sexuales, y por el que se modifica el Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre, por el que se regula la ayuda económica establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

BOE-A-2024-14085Publicada: 10/07/2024MINISTERIO DE IGUALDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 664/2024, de 9 de julio, por el que se regulan las ayudas económica ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 664/2024 regula las ayudas económicas a víctimas de violencias sexuales, modificando el Real Decreto 1452/2005, y da cumplimiento al artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022. 2. **CONTEXTO** La Ley Orgánica 10/2022 establece el derecho a una ayuda económica para víctimas de violencias sexuales que carezcan de recursos suficientes. El Real Decreto 664/2024 se dicta para regular esta ayuda, garantizando su acceso en condiciones de igualdad. La norma se enmarca en el marco de la protección integral contra la violencia de género. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 664/2024 tiene por objeto regular la ayuda económica prevista en el artículo 41 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual. Este real decreto da cumplimiento al mandato del artículo 41.3 de dicha ley orgánica, estableciendo las condiciones básicas para el acceso a la ayuda, como la acreditación de la condición de víctima, el plazo de presentación de la solicitud, la tramitación, el pago y el reembolso. El real decreto consta de nueve artículos, una disposición adicional, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales. Los dos primeros artículos regulan el objeto de la norma y las definiciones necesarias para su aplicación. El **artículo 8** establece que las ayudas serán concedidas y abonadas en un pago único por las Administraciones competentes, de conformidad con sus normas de procedimiento. Sin embargo, esta ayuda podrá percibirse en más de una ocasión cuando la víctima haya sufrido violencias diferenciadas acreditadas de forma separada, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en el real decreto. En cuanto a la tramitación, el **artículo 8.2** establece que las Administraciones competentes velarán y garantizarán que todas las fases del procedimiento se realicen con la máxima celeridad y simplicidad de trámites. Además, los procedimientos de concesión serán accesibles a las personas con discapacidad. El **artículo 8.3** establece que el Ministerio de Igualdad reembolsará el importe íntegro de estas ayudas a la Administración que hubiera efectuado el pago, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con el procedimiento que a tal efecto se establezca mediante el sistema de cooperación aplicable a la relación entre dicho Ministerio y tal Administración. La **disposición final segunda** establece que el real decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales, conforme al artículo 149.1.1.ª de la Constitución Española. La **disposición final tercera** otorga facultad al titular del Ministerio de Igualdad para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en el real decreto. La **disposición final cuarta** establece que el real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Este real decreto se dicta con el objetivo de garantizar el acceso a la ayuda económica para víctimas de violencias sexuales, asegurando su tramitación rápida, sencilla y accesible, con especial atención a las personas con discapacidad. Además, se establece un mecanismo de reembolso para garantizar la financiación de las ayudas por parte del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 664/2024 regula la ayuda económica a víctimas de violencias sexuales, garantizando su acceso en condiciones de igualdad. Establece un procedimiento sencillo y accesible, con especial atención a la celeridad y a las personas con discapacidad. La norma se dicta en el marco de la Ley Orgánica 10/2022 y tiene como objetivo la reparación integral de las víctimas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de la ayuda económica**: El real decreto establece las condiciones para el acceso a la ayuda económica a víctimas de violencias sexuales. ⚠️ **Tramitación rápida y accesible**: Se garantiza que el procedimiento sea sencillo, rápido y accesible, incluso para personas con discapacidad. 📋 **Reembolso por el Ministerio de Igualdad**: El Ministerio de Igualdad reembolsará las ayudas a las Administraciones que las hayan abonado. ℹ️ **Derogación y desarrollo**: El real decreto deroga normas anteriores y otorga facultad al Ministerio de Igualdad para su desarrollo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 664/2024 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 9 de julio de 2024 - **Materias**: Violencia de género, derechos de las víctimas, ayuda económica, protección integral - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto 664/2024 actualiza y amplía la protección económica para víctimas de violencias sexuales, basándose en la Ley Orgánica 10/2022. Anteriormente, la ayuda económica para víctimas de violencia de género estaba regulada por el Real Decreto 1452/2005, que se centraba en la violencia machista. Si bien este nuevo real decreto se inspira en normativas europeas sobre derechos de las víctimas y se alinea con el espíritu de la Ley Orgánica 10/2022, introduce un enfoque más amplio al incluir a todas las víctimas de violencias sexuales, independientemente de su nacionalidad o situación administrativa en España. Las Comunidades Autónomas ya poseen competencias en protección social, pero esta norma estatal establece un marco unificado y un plazo de solicitud de cinco años, similar al de la Ley 35/1995, garantizando así un acceso más equitativo a la ayuda y facilitando la recuperación integral de las víctimas, lo cual es crucial para su autonomía y bienestar. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →