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Real Decreto 90/2025, de 11 de febrero, por el que se regula el régimen de constitución, composición y funcionamiento de los órganos de representación y gobernanza de la laguna del Mar Menor y su cuenca.

BOE-A-2025-2577Publicada: 12/02/2025MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 90/2025, de 11 de febrero, por el que se regula el régimen de const ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 90/2025 establece el régimen de constitución, composición y funcionamiento de los órganos de representación y gobernanza de la laguna del Mar Menor y su cuenca, en cumplimiento de la Ley 19/2022 que otorga personalidad jurídica a este ecosistema. 2. **CONTEXTO** La Ley 19/2022, de 30 de septiembre, otorga personalidad jurídica a la laguna del Mar Menor y su cuenca, reconociéndola como sujeto titular de derechos propios. Esta medida se fundamenta en su valor ecológico intrínseco y en la solidaridad intergeneracional. Para hacer efectiva esta personalidad, la Ley crea tres órganos: el Comité de Representantes, la Comisión de Seguimiento y el Comité Científico, que se regirán por el presente Real Decreto y por normas de Derecho privado aplicables. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 90/2025, de 11 de febrero, regula la constitución, composición y funcionamiento de los órganos de representación y gobernanza de la laguna del Mar Menor y su cuenca, en cumplimiento de la Ley 19/2022. El texto establece que el Comité de Representantes, compuesto por representantes de la Administración General del Estado, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y la ciudadanía de los municipios ribereños, se formará en dos fases: tres representantes en 2026 y cuatro en 2027, con mandato que finalizará el 1 de enero de 2031. La Comisión de Seguimiento, encargada de velar por la protección del ecosistema, deberá aprobar las normas de selección de los siete representantes de la ciudadanía del Comité de Representantes antes del 30 de junio de 2025. Además, el Real Decreto establece que los primeros miembros del Comité de Representantes y del Comité Científico serán designados por la Comisión Promotora de la Iniciativa Legislativa Popular, que actuará como Comisión gestora hasta la primera designación de representantes de la Administración y la comunidad autónoma. El Real Decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.23.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica sobre protección del medio ambiente, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas en este ámbito. El Real Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El texto también establece que los órganos mencionados quedarán regidos, además del presente real decreto, por las normas de Derecho privado que les resulten de aplicación. El Tribunal Constitucional, en la Sentencia 142/2024, de 20 de noviembre, confirmó la constitucionalidad de la Ley 19/2022, reconociendo que es la primera norma euromediterránea que otorga personalidad jurídica a un ente natural, marcando un cambio de paradigma de protección desde el antropocentrismo al ecocentrismo moderado. Este Real Decreto, por tanto, no solo regula la estructura de los órganos de gobernanza, sino que también refuerza el marco jurídico que permite la protección efectiva del ecosistema lagunar del Mar Menor, garantizando su supervivencia y recuperación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 90/2025 establece la estructura y funcionamiento de los órganos de representación y gobernanza de la laguna del Mar Menor y su cuenca. Estos órganos se regirán por normas de Derecho privado y se crearán en fases específicas. El Real Decreto se dicta en cumplimiento de la Ley 19/2022, que otorga personalidad jurídica al ecosistema lagunar. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Constitución de órganos de gobernanza**: Se establecen el Comité de Representantes, la Comisión de Seguimiento y el Comité Científico. ⚠️ **Proceso de selección**: El Comité de Representantes se formará en dos fases, con mandato que finalizará el 1 de enero de 2031. 📋 **Regulación de normas de selección**: La Comisión de Seguimiento deberá aprobar las normas de selección de los representantes de la ciudadanía antes del 30 de junio de 2025. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 90/2025 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 11 de febrero de 2025 - **Materias**: Protección del medio ambiente, derecho ambiental, derecho público, derecho privado, personalidad jurídica de entes naturales - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 19/2022, la protección del Mar Menor se basaba en normativas sectoriales y de ámbito autonómico, sin un reconocimiento explícito de personalidad jurídica al ecosistema. Este Real Decreto 90/2025 desarrolla un modelo pionero a nivel euromediterráneo, que otorga derechos propios a un ente natural, diferenciándose de enfoques más tradicionales y de la mayoría de las CCAA y la normativa estatal, que no contemplan esta figura. La aprobación de esta ley y su posterior desarrollo reglamentario por el Gobierno, confirmada por el Tribunal Constitucional, es crucial para el ciudadano porque establece un nuevo marco de gobernanza y representación directa del ecosistema, permitiendo su defensa y recuperación a través de órganos específicos, lo que traslada el paradigma de protección de un enfoque antropocéntrico a uno ecocéntrico moderado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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