Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 5/2001, de 17 de octubre, sobre drogodependencias y otras adicciones.

BOE-A-2001-20624Publicada: 06/11/2001Comunidad Autónoma de La Rioja

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 5/2001, La Rioja ya contaba con un marco de actuación en materia de drogodependencias, evidenciado por la creación en 1985 de la Comisión Regional de Coordinación y la aprobación de un Plan Regional sobre Drogas en 1986. Esta normativa autonómica se sitúa en un contexto donde la problemática de las adicciones, incluyendo no solo sustancias sino también juegos de azar, es reconocida como un asunto de salud pública que requiere intervención estatal y autonómica, en línea con la necesidad de protección de colectivos vulnerables y control de sustancias. Si bien la legislación estatal y las directivas europeas establecen marcos generales, esta ley riojana detalla la respuesta específica de la Comunidad Autónoma, aprobada por el Parlamento de La Rioja y promulgada por el Presidente, lo que la diferencia de otras CCAA que pudieran tener normativas distintas o menos desarrolladas en ese momento, impactando al ciudadano en la disponibilidad de recursos asistenciales y preventivos adaptados a su realidad territorial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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