Real DecretoNacionalvigente

Orden ECC/2438/2012, de 1 de octubre, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación y pago de la tasa prevista en el artículo 44 del texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2011, de 1 de julio.

BOE-A-2012-14064Publicada: 15/11/2012MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-REA — Orden ECC/2438/2012, de 1 de octubre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Campo | Dato | |-------|------| | JURISDICCIÓN | ES | | FUENTE | ES-BOE-REA | | ÓRGANO | Ministerio de Economía y Competitividad | | TIPO | Orden ministerial (norma de desarrollo reglamentario) | | FECHA | 1 de octubre de 2012 | | IDENTIFICADOR | Orden ECC/2438/2012 | | IDIOMA ORIGINAL | Español | | MATERIAS | Auditoría de cuentas; tasas administrativas; procedimientos tributarios; ICAC | | ÁMBITO | Nacional (España) | | RELEVANCIA IW | MEDIA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Aprueba el formulario (modelo de autoliquidación) que las firmas de auditoría deben utilizar para pagar la tasa del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) cuando emiten informes de auditoría de cuentas, incorporando la actualización de importes que la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2012 dispuso a partir del 1 de julio de ese año. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** La tasa del ICAC existe desde 2002 como recurso de financiación del instituto regulador de la profesión auditora. Su régimen se desarrolló mediante el Real Decreto 181/2003, que fijaba el procedimiento de autoliquidación y pago. En 2012, la Ley de Presupuestos modificó los importes de la tasa (artículo 75), lo que requería actualizar tanto el formulario como las cuantías consignadas en él. Esta orden es, por tanto, una actualización administrativo-formal de lo dispuesto en norma con rango legal. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden consta de tres artículos y una disposición final de entrada en vigor: *Primero (Modelo de autoliquidación)*: Se aprueba el nuevo modelo de autoliquidación y documento de ingreso de la tasa prevista en el artículo 44 del *texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas* (RLAC), aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2011. Este modelo incorpora las cuantías fijas actualizadas por la Ley 2/2012 de Presupuestos Generales del Estado para 2012. Sustituye al aprobado mediante Orden EHA/328/2011 (que recogía las cuantías de 2011). *Segundo (Descarga del impreso)*: El modelo deberá descargarse de la página web del ICAC: www.icac.meh.es (actualmente www.icac.es, aunque la referencia refleja la estructura de 2012). *Tercero (Presentación y pago telemático)*: La presentación del impreso de declaración-liquidación y el pago de la tasa podrán realizarse de forma telemática conforme a la Orden HAC/729/2003 (que establece condiciones generales para pago telemático de tasas) y la Resolución del ICAC de 9 de abril de 2003 (que fija el procedimiento específico para esta tasa en concreto). *Disposición final única*: Entrada en vigor al día siguiente de publicación en el BOE. La orden se publica el 1 de octubre de 2012 en el BOE núm. 238, por lo que entra en vigor el 2 de octubre de 2012. El firmante es Luis de Guindos Jurado, Ministro de Economía y Competitividad. El anexo (que reproduce el modelo gráfico del formulario) no se transcribe en el texto base, pero su contenido es el formulario técnico de autoliquidación con los nuevos importes de tasa. --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Los auditores que emitan informes de auditoría tienen que usar un formulario nuevo y actualizado para pagar una tasa al ICAC. El importe de esa tasa subió en 2012. Pueden descargar el formulario de la web del ICAC y pagarlo por internet en lugar de hacerlo en papel. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** ✅ **Facilita el cumplimiento**: El pago telemático agiliza la autoliquidación y reduce papeleo para las firmas de auditoría. ⚠️ **Aumento de costes**: Los importes de la tasa se incrementaron por efecto de los Presupuestos 2012; toda firma auditora que emita informes debe asumir el nuevo coste desde el 2 de octubre de 2012. 📋 **Obligación de usar formulario actualizado**: Las firmas auditoras deben emplear *exclusivamente* el nuevo modelo aprobado por esta orden desde su entrada en vigor; el modelo de 2011 es obsoleto. ℹ️ **Relevancia transfronteriza**: Esta tasa se alinea con la regulación europea de auditoría (Directivas de auditoría de la UE) e incide en el coste de los servicios de auditoría externa que las empresas españolas que cotizan en bolsa deben contratar, tema relevante para grupos multinacionales. --- **VOTOS PARTICULARES** No aplica. Esta orden ministerial no es una decisión jurisdiccional ni proviene de un órgano colegiado que pueda emitir votos particulares. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden ECC/2438/2012, el régimen de la tasa del ICAC se regulaba mediante el Real Decreto 181/2003, que establecía el modelo de autoliquidación y pago. Esta norma fue modificada en 2012 por la Ley de Presupuestos Generales del Estado 2012, que actualizó los importes de la tasa. La Orden de 2012 se encargó de actualizar el modelo de autoliquidación para reflejar estos cambios, garantizando la aplicación del nuevo régimen tarifario. Este ajuste es relevante porque asegura que las firmas de auditoría cumplan con las obligaciones fiscales en el marco de la normativa estatal vigente.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →