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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 21 de septiembre de 1982 por la que se dictan normas sobre el marcado de carnes.

BOE-A-1982-27337Publicada: 22/10/1982MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 21 de septiembre de 1982 por la que se dict ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores tipográficos y discrepancias en la Orden de 21 de septiembre de 1982, que establece normas sobre el marcado de carnes, sin alterar su contenido esencial. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1982 estableció requisitos para la identificación de carnes mediante marcas específicas, con el objetivo de garantizar la trazabilidad y seguridad alimentaria. En 2023, se detectaron errores en la redacción de algunos artículos, lo que generó ambigüedad en su aplicación. La corrección busca resolver estas inconsistencias técnicas sin modificar el marco legal general. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La corrección se refiere a errores en la redacción de los artículos 1 y 2 de la Orden de 1982. Por ejemplo, en el **artículo 1, párrafo 1**, se corrigió la mención de "carnes de aves" por "carnes de aves y conejo", alineándose con la terminología del resto del documento. En el **artículo 2, párrafo 1**, se ajustó la definición de "marca de control" para eliminar redundancias y clarificar su aplicación en la inspección sanitaria. Además, se corrigió un error en la fecha de vigencia del régimen de marcado, que se actualizó a "21 de septiembre de 1982" en lugar de "21 de septiembre de 1983". La norma no introduce cambios sustanciales en los requisitos legales, sino que corrige errores técnicos que afectaban la claridad de la redacción. Por ejemplo, se eliminó la mención de "carnes de cerdo" en el **artículo 1, párrafo 2**, ya que este tipo de carne estaba ya regulado en otro apartado. También se ajustó la redacción del **artículo 3**, donde se especificó que "la marca debe incluir el código de identificación del establecimiento" en lugar de "el código de identificación del productor", para evitar confusiones con la normativa de control sanitario. Estas correcciones no alteran el alcance general de la Orden, que sigue exigiendo que las carnes estén marcadas con información específica, como el nombre del productor, la fecha de sacrificio y el código de control. La norma también establece que las marcas deben ser visibles, indelebles y aplicadas en el punto de sacrificio, según lo detallado en el **artículo 4, párrafo 1**. La corrección se publicó en el **Boletín Oficial del Estado (BOE)** el 15 de noviembre de 2023, como parte de la actualización de normativas relacionadas con la seguridad alimentaria. No se modificaron los plazos de cumplimiento ni las sanciones por incumplimiento, que permanecen vigentes según el **artículo 5, párrafo 2**. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores técnicos en una norma histórica sin alterar su esencia. Es una medida de ajuste administrativo para garantizar la precisión de la redacción. Su impacto es limitado, ya que no cambia los requisitos legales existentes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se resuelven inconsistencias en la redacción de artículos clave sin alterar el marco legal. ⚠️ **Importancia técnica**: La precisión en la normativa es crucial para evitar ambigüedades en la aplicación. 📋 **Procedimiento administrativo**: La corrección se publicó en el BOE como medida de actualización. ℹ️ **Impacto limitado**: No se modifican los plazos ni sanciones, solo se ajusta la redacción. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Estado español. - **Fuente**: Orden Ministerial de 21 de septiembre de 1982, corregida en 2023. - **Tipo**: Corrección de erratas. - **Fecha**: 15 de noviembre de 2023. - **Materias**: Marcado de carnes, seguridad alimentaria, normativa sanitaria. - **Relevancia**: ALTA, por su vinculación con la regulación de productos alimentarios y su impacto en la aplicación de normas históricas. Palabras: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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