Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/2427/2012, de 29 de octubre, por la que se establece el contenido del fichero informático entregado por las empresas navieras para percibir las correspondientes bonificaciones al transporte marítimo interinsular para los residentes en las Comunidades Autónomas de Canarias y de las Illes Balears.

BOE-A-2012-13947Publicada: 13/11/2012Ministerio de Fomento

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden FOM/2427/2012, de 29 de octubre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** JURISDICCIÓN: ES | FUENTE: ES-BOE-ORD | ÓRGANO: Ministerio de Fomento | TIPO: Orden Ministerial | FECHA: 29.10.2012 | IDENTIFICADOR: FOM/2427/2012 | IDIOMA ORIGINAL: Español | MATERIAS: Transporte marítimo; Subvenciones y ayudas públicas; Procedimientos administrativos de control | ÁMBITO: Canarias, Islas Baleares, Ceuta, Melilla | RELEVANCIA IW: MEDIA --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Establece el formato técnico y contenido que deben cumplir obligatoriamente los ficheros informáticos presentados por empresas navieras para justificar bonificaciones estatales en tarifas de transporte marítimo interinsular en Canarias y Baleares. --- **CONTEXTO** El Real Decreto 1316/2001 autoriza al Ministerio de Fomento a modernizar el control de bonificaciones de transporte mediante sistemas electrónicos. En 2006, la Orden FOM/2554/2006 reguló el procedimiento para trayectos con la Península, pero los trayectos interinsulares (entre islas de Canarias y Baleares) seguían bajo normativa distinta, generando duplicidad procedimental. Esta orden viene a unificar criterios técnicos asimilando los trayectos interinsulares a los ya regulados con la Península, mejorando agilidad y capacidad de análisis administrativo. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La orden impone obligación a las empresas navieras de presentar ficheros informáticos para todos los trayectos interinsulares (ida, vuelta o ida y vuelta) en Canarias y Baleares, acompañando la certificación trimestral que requiere el artículo 11 del RD 1316/2001. El fichero contendrá un registro individualizado por cada embarque cuyo billete haya sido bonificado. Cada registro debe distribuirse en campos específicos según el anexo técnico, que incluye: - Año de facturación: código numérico de 4 dígitos (ej. 2012) - Trimestre de facturación: dígito 1-4 (1=enero-marzo; 4=octubre-diciembre) - Código de Compañía: tres caracteres alfanuméricos asignados por administración - Número de Tarjeta de Embarque: código de 12 dígitos con el número de billete El procedimiento de inspección, verificación y control se rige por los artículos 11 y 12 del RD 1316/2001. La Dirección General de la Marina Mercante (DGMM) es órgano competente para verificar cumplimiento y tiene facultad de modificar las especificaciones técnicas del anexo sin necesidad de nueva orden. Para trayectos directos entre Comunidades Autónomas insulares y territorio nacional (no interinsulares), continúa siendo de aplicación el procedimiento regulado en la Orden FOM/2554/2006 de 2006, sin cambios. La orden entró en vigor al mes de publicación en Boletín Oficial del Estado (BOE). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Las empresas navieras que operan entre islas en Canarias y Baleares están obligadas a presentar ficheros informatizados estandarizados listando cada billete bonificado, con datos clave (año, trimestre, código naviera, número de ticket). Es un requisito administrativo y técnico para percibir las subvenciones estatales de transporte. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Obligación de cumplimiento técnico estricto:** Las navieras deben adecuarse exactamente a las especificaciones del anexo técnico. Incumplimientos de formato pueden generar rechazos de solicitudes de bonificación. ⚠️ **Riesgo de rechazo administrativo:** La DGMM puede rechazar ficheros que no respeten la estructura de campos, codificación de caracteres o formato de datos indicados. ℹ️ **Procedimiento diferenciado según ruta:** Trayectos interinsulares (entre islas) siguen esta orden; trayectos hacia Península sigue Orden FOM/2554/2006 sin cambios. No hay unificación total de procedimiento. 📋 **Delegación normativa:** El Director General de Marina Mercante puede modificar el anexo técnico, por lo que las especificaciones pueden variar sin reforma de la orden principal. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden FOM/2427/2012, las bonificaciones para el transporte marítimo interinsular en Canarias y Baleares se regulaban con normativa distinta a la aplicable a los trayectos con la Península, lo que generaba duplicidad y complejidad en el control estatal. La Orden FOM/2554/2006 ya había establecido un procedimiento para los trayectos con la Península, pero no se aplicaba a los interinsulares. La nueva orden busca armonizar los criterios técnicos y formatos de los ficheros informáticos, facilitando el control administrativo y la transparencia, alineando así la normativa autonómica con la estatal y la UE, donde se promueve la digitalización y la eficiencia en los procedimientos de subvenciones. Esto importa para garantizar una gestión más eficaz y coherente de las ayudas públicas en el ámbito marítimo.

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