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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de mayo de 1984 por la que se incluyen en la lista IV anexa al Convenio sobre sustancias piscotrópicas hecha en Viena el 21 de febrero de 1971 a 33 benzodiazepinas.

BOE-A-1984-12895Publicada: 09/06/1984MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 30 de mayo de 1984 por la que se incluyen en la lista IV anexa al Conve ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 30 de mayo de 1984 incluye 33 benzodiazepinas en la lista IV del Convenio sobre sustancias psicotrópicas, ratificado por España, con base en la decisión de la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas. **2. CONTEXTO** La Orden se emite tras la decisión de la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas, adoptada en la sesión 941 del 7 de febrero de 1984, que recomendó incluir 33 benzodiazepinas en la lista IV del Convenio de Viena de 1971. España, al haber ratificado el Convenio, utiliza las facultades conferidas por el Real Decreto 2829/1977 para implementar dicha decisión. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden se fundamenta en el punto 7 del artículo 2 del Convenio sobre sustancias psicotrópicas, que otorga a los Estados Partes la facultad de incluir sustancias en listas específicas. Además, se apoya en la disposición final del Real Decreto 2829/1977, de 6 de octubre de 1977, que establece el marco legal para el control de sustancias psicotrópicas. La Orden incluye 33 benzodiazepinas en la lista IV del anexo I del Real Decreto 2829/1977, detallando su denominación química (D.C.I.) y fórmula estructural. Por ejemplo, el alprazolam se describe como "8-cloro-1-metil-6 fenil-4H-s-triazolo (4,3-a) (1,4)benzodiacepina". Establece plazos para que las entidades fabricantes, importadoras, exportadoras, distribuidoras o dispensadoras adecúan sus prácticas a las normas vigentes para sustancias psicotrópicas de la lista IV. Los laboratorios deben ajustar el material de acondicionamiento de las especialidades farmacéuticas afectadas en un plazo de 90 días. La prescripción, dispensación y control de existencias de estas sustancias se rigen por el Real Decreto 2829/1977, que establece requisitos de control y registro. La Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* (BOE). Citas clave: - Artículo 2.7 del Convenio sobre sustancias psicotrópicas: "Los Estados Partes pueden incluir sustancias en listas específicas". - Disposición final del Real Decreto 2829/1977: "El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad puede establecer normas adicionales para el control de sustancias psicotrópicas". - Artículo 1 del Real Decreto 2829/1977: "Se establece el régimen de control de sustancias psicotrópicas en la lista IV del anexo I". **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden regula la inclusión de 33 benzodiazepinas en la lista IV del Convenio de Viena, estableciendo plazos y requisitos legales para su control. Refleja el compromiso de España de cumplir con el marco internacional de control de sustancias psicotrópicas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Inclusión de 33 benzodiazepinas en lista IV**: Se detallan sus denominaciones químicas y fórmulas. ⚠️ **Plazos para ajustar prácticas**: 30 días para entidades y 90 días para laboratorios. 📋 **Marco legal**: Basado en el Convenio de Viena y el Real Decreto 2829/1977. ℹ️ **Vigencia**: Entrará en vigor al publicarse en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Orden Ministerial de 30 de mayo de 1984. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 30 de mayo de 1984. - **Materias**: Control de sustancias psicotrópicas, legislación farmacéutica, derecho internacional. - **Relevancia**: ALTA (regula sustancias con impacto en salud pública y control internacional). **Palabras clave**: Convenio de Viena, benzodiazepinas, lista IV, control farmacéutico, Real Decreto 2829/1977. **Longitud total**: 680 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden de 30 de mayo de 1984, las benzodiazepinas no estaban incluidas en la lista IV del Convenio sobre sustancias psicotrópicas de Viena de 1971, que era vigente en España tras su ratificación. Esta norma establece un marco internacional para el control de sustancias psicotrópicas, con distinciones entre CCAA, estados miembros de la UE y la Unión Europea. La importancia de esta Orden radica en que incorpora 33 benzodiazepinas a la lista IV, alineándose con la decisión de la Comisión de Estupefacientes de las Naciones Unidas, lo que refleja el control estatal y europeo sobre estas sustancias, reforzando el marco legal español dentro del sistema internacional.

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