Orden ECC/2401/2012, de 29 de octubre, por la que se acuerda la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de la quinta serie del programa "Capitales de Provincia y Ciudades Autónomas".
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-ORD — Orden ECC/2401/2012, de 29 de octubre ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN:** ES / ES-BOE-ORD / Ministerio de Economía y Competitividad (Secretaría General del Tesoro) / Orden Ministerial / 29 de octubre de 2012 / ECC/2401/2012 / Español / Acuñación de moneda, patrimonio numismático, numismática conmemorativa / Nacional / INFORMATIVA **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Autoriza la emisión, acuñación y puesta en circulación de diez monedas de colección de 5 euros correspondientes a la quinta serie del programa "Capitales de Provincia y Ciudades Autónomas", dedicadas a ciudades españolas (Huelva, Salamanca, Toledo, Jaén, Segovia, Málaga, Soria, Sevilla, Valladolid y Zamora) durante el año 2012. **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El programa "Capitales de Provincia y Ciudades Autónomas" es una iniciativa de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre que promociona el patrimonio cultural español mediante monedas conmemorativas de colección. Estas monedas no circulan como dinero de curso legal, sino que constituyen piezas numismáticas dirigidas a coleccionistas e inversores. La quinta serie continúa un programa iniciado años anteriores que reconoce ciudades españolas de relevancia histórica, cultural y patrimonial. **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** La Orden se fundamenta en la Ley 62/2003 (artículo 102) que modificó el artículo 81 de la Ley 42/1994, definiendo las "monedas de colección en euros" como piezas no destinadas a circulación, acuñadas en metales preciosos, con valor nominal y diseño diferente a las de circulación, que deben diferir perceptiblemente en al menos dos de tres características: color, peso o diámetro. La Orden autoriza la acuñación de diez piezas de cinco euros cada una. Cada moneda presenta en el anverso el escudo de la ciudad correspondiente, la leyenda "ESPAÑA" (circular ascendente) y el nombre de la ciudad (circular descendente), además de la marca de ceca y el año 2012. En el reverso figuran motivos representativos del patrimonio local: el Monumento a Colón en Huelva, las Catedrales y Puente Romano en Salamanca, la Puerta del Sol en Toledo, el Palacio Provincial en Jaén, el Alcázar en Segovia, y monumentos característicos en las demás ciudades. Todas las leyendas figuran en mayúsculas, circundadas por gráfila de perlas. La emisión se rige por las características técnicas establecidas en la Orden EHA/1183/2010, que fija los criterios generales del programa marco. La competencia para ordenar estas acuñaciones recae en la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera (conforme al Real Decreto 345/2012), órgano que asumió las competencias de la suprimida Dirección General del Tesoro. **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** España emite en 2012 diez monedas de colección de 5 euros, una por cada ciudad destacada, mostrando su patrimonio cultural. No son dinero normal: son piezas para coleccionistas que pueden comprarse a través de la Fábrica de Moneda. Cada moneda es única en diseño y destaca monumentos emblemáticos de cada capital provincial. **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Objeto de colección, no circulación:** estas monedas tienen valor nominal pero no son de uso ordinario en transacciones; constituyen bienes de colección sujetos a su propio régimen de comercialización y precios establecidos por la Real Casa de la Moneda. ℹ️ **Relevancia patrimonial-cultural:** la iniciativa promueve el conocimiento del patrimonio español mediante la numismática conmemorativa, vinculando identidad territorial con símbolos históricos reconocibles (catedrales, alcázares, monumentos locales). ✅ **Conformidad con normativa europea:** la emisión se ajusta a la terminología y criterios establecidos en disposiciones comunitarias sobre monedas de colección, garantizando estándares de calidad y diferenciación respecto a moneda circulante. 📋 **Procedimiento normalizado:** la acuñación sigue el marco establecido en la Orden EHA/1183/2010, asegurando consistencia técnica, diseño y comercialización para las cinco series del programa. **VOTOS PARTICULARES** No constan. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden ECC/2401/2012, existían ya programas estatales y autonómicos de emisión de monedas conmemorativas, como el de "Capitales de Provincia y Ciudades Autónomas", que promovían el patrimonio cultural español. Este programa, iniciado en años anteriores, se extendió a través de las Comunidades Autónomas, destacando la colaboración entre el Estado y las CCAA para reconocer ciudades de relevancia histórica y cultural. La importancia de esta norma radica en su papel de consolidar y ampliar un esfuerzo conjunto para valorar el patrimonio numismático y cultural español, a través de la emisión de monedas de colección conmemorativas.