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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 5 de julio de 1985 por la que se establece la estructura de la División de Gestión y Servicios Generales, regulando la provisión de los puestos correspondientes en los hospitales del Instituto Nacional de la Salud.

BOE-A-1985-15518Publicada: 25/07/1985MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 5 de julio de 1985 por la que se establece la estructura de la División ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 5 de julio de 1985 establece la estructura de la División de Gestión y Servicios Generales en los hospitales del Instituto Nacional de la Salud, definiendo su organización jerárquica, límites de personal y procedimientos de provisión de puestos. **2. CONTEXTO** La Orden fue publicada en el *Boletín Oficial del Estado* el 5 de marzo de 1985, emanada del Ministerio de Sanidad y Consumo. Su objetivo es regular la gestión administrativa y servicios no médicos en hospitales, alineándose con la reforma hospitalaria. La norma responde a la complejidad de las funciones no sanitarias, que requieren una organización estructurada para garantizar su eficacia. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden regula la organización de la División de Gestión y Servicios Generales en los hospitales del Instituto Nacional de la Salud, estableciendo una jerarquía clara y límites numéricos para su personal. **Artículo 1**: Define los órganos específicos de la División como: - **Órganos superiores**: *Servicio* y *Sección*. - **Órganos intermedios**: *Unidad*. **Artículo 2**: Establece que cada *Servicio*, *Sección* o *Unidad* debe tener un *Jefe* como órgano unipersonal, encargado de la coordinación jerarquizada. Los Jefes dependen jerárquicamente del Director de la División correspondiente, directamente o a través de los Jefes de Servicio y Sección. **Artículo 3**: Establece límites máximos para la provisión de puestos según el tamaño del hospital: - **Hospitales con hasta 250 camas**: - 6 Jefes de Servicio. - 3 Jefes de Sección por cada Servicio. - 1 Jefe de Unidad por cada 5 personas adscritas a la Sección. - **Hospitales con 251-500 camas**: - 12 Jefes de Servicio. - 3 Jefes de Sección por cada Servicio. **Artículo 4**: Permite la cobertura de puestos mediante contrataciones temporales o suplencias, siempre que el personal tenga la titulación requerida. Durante las suplencias, el personal se considera en situación de activo y goza de derechos como antigüedad y reserva de plaza. **Artículo 5**: Define la plantilla provisional de la función administrativa según ratios por cama y porcentajes de grupos de personal: - **0,22 personas por cama**. - **Distribución por grupos**: - Técnicos superiores: 10%. - Gestión: 15%. - Administrativo: 25%. - Auxiliar administrativo: 50%. **Disposiciones Finales**: - Las Direcciones Generales establecerán la plantilla definitiva o provisional mediante resolución. - Se derogarán disposiciones contrarias o que imposibiliten la aplicación de la Orden. - La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *BOE*. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden estructura la gestión administrativa en hospitales, estableciendo límites de personal y procedimientos de provisión. Su objetivo es garantizar la eficiencia en funciones no sanitarias mediante una organización jerárquica y normativa clara. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Estructura jerárquica**: Define órganos como Servicio, Sección y Unidad con responsabilidades claras. ⚠️ **Límites numéricos**: Establece cuotas según tamaño del hospital, evitando sobrecarga. 📋 **Procedimientos de provisión**: Permite contrataciones temporales y suplencias con derechos laborales. ℹ️ **Distribución porcentual**: Regula la proporción de grupos de personal en la función administrativa. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional (España). - **Fuente**: Orden Ministerial de 5 de julio de 1985. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 5 de julio de 1985. - **Materias**: Administración pública, gestión hospitalaria, organización institucional. - **Relevancia**: ALTA (regula estructura clave en gestión sanitaria). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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