Real Decreto 1211/1985, de 3 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de laboratorios agrarios y de sanidad y producción animal.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1211/1985, de 3 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1211/1985 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para traspasar funciones relacionadas con laboratorios agrarios, sanidad y producción animal del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura, estableciendo procedimientos, plazos y condiciones para el traslado de servicios, bienes y recursos. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1957/1983 establece el marco legal para la transferencia de funciones y servicios del Estado a las comunidades autónomas. En cumplimiento de la disposición transitoria tercera del Estatuto de Autonomía de Extremadura, se adopta este Real Decreto para formalizar el traspaso de competencias en materia de laboratorios agrarios y sanidad animal. La Comisión Mixta, constituida en 1983, elabora el acuerdo que se aprueba en 1985, tras su aprobación por el Gobierno. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1211/1985 regula el traspaso de funciones y servicios del Estado a Extremadura en materia de laboratorios agrarios y sanidad animal, conforme a los principios establecidos en el Real Decreto 1957/1983. **Artículo 1**: Se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de 22 de diciembre de 1983, que detalla las funciones traspasadas, incluyendo laboratorios, servicios sanitarios y recursos materiales, humanos y presupuestarios. **Artículo 2**: Se especifican los bienes, derechos, obligaciones y personal transferidos, así como las disposiciones legales afectadas (anexo II). **Artículo 3**: El traspaso tendrá efectividad a partir del 1 de enero de 1985, con un periodo de 60 días en que el Ministerio de Agricultura asume temporalmente obligaciones relacionadas con el presupuesto. **Artículo 4**: La entrega de documentos y expedientes se realizará en un mes desde la publicación del Real Decreto, siguiendo el procedimiento del artículo 8 del Real Decreto 1957/1983. El texto establece que los traspasos deben ser comunicados a una comisión de liquidación del Ministerio de Economía y Hacienda, y que los créditos presupuestarios se ajusten mediante expediente de modificación urgente. Además, se detallan plazos y condiciones para la gestión de obligaciones contractuales y la resolución de expedientes en trámite. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1211/1985 formaliza la transferencia de competencias en materia de laboratorios agrarios y sanidad animal a Extremadura, estableciendo un marco legal claro y plazos específicos. La norma refleja el compromiso del Estado con la autonomía regional y la transición de funciones. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones**: Transferencia de laboratorios agrarios, sanidad animal y recursos asociados. ⚠️ **Plazos estrictos**: 60 días para gestión de obligaciones y 30 días para entrega de documentos. 📋 **Marco legal**: Basado en el Real Decreto 1957/1983 y la disposición transitoria tercera del Estatuto de Autonomía. ℹ️ **Efectividad**: Desde el 1 de enero de 1985, con supervisión del Ministerio de Agricultura. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Estatal - **Fuente**: Real Decreto 1211/1985 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 3 de julio de 1985 - **Materias**: Autonomía, transferencia de funciones, sanidad animal, laboratorios agrarios - **Relevancia**: ALTA (regula un proceso de transferencia de competencias clave en la autonomía de Extremadura) **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────