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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1145/1985, de 19 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de laboratorios agrarios y de sanidad y producción animal.

BOE-A-1985-14309Publicada: 13/07/1985PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1145/1985, de 19 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1145/1985 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de transferencia de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de laboratorios agrarios y de sanidad y producción animal, estableciendo los términos y condiciones de dicha transferencia. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se emite en el marco de la transferencia de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas, según el Estatuto de Autonomía de Castilla y León. La transferencia se realiza en cumplimiento de la disposición transitoria tercera del Estatuto, que establece la creación de una Comisión Mixta para gestionar las transferencias de funciones y servicios. El Real Decreto 1956/1983 regula el procedimiento de transferencia, y este Real Decreto 1145/1985 se basa en dicho marco normativo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1145/1985, de 19 de junio de 1985, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de transferencia de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de laboratorios agrarios y de sanidad y producción animal. Este acuerdo fue adoptado en la reunión del 26 de diciembre de 1983 y ratificado en la reunión del 22 de mayo de 1985. La transferencia se realiza en cumplimiento de la disposición transitoria tercera del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, que establece la creación de la Comisión Mixta para gestionar las transferencias de funciones y servicios. El Real Decreto 1956/1983, de 29 de junio de 1983, determina las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios del Estado a las comunidades autónomas. Este Real Decreto 1145/1985 se basa en dicho marco normativo, ya que establece los términos y condiciones de la transferencia de funciones y servicios en materia de laboratorios agrarios y de sanidad y producción animal. El Real Decreto 1145/1985 establece que las funciones, bienes, derechos, obligaciones, personal y créditos presupuestarios que correspondan a los servicios transferidos se entregarán a la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Además, se establece que durante sesenta días, a partir de la fecha de publicación del Real Decreto, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación seguirá asumiendo la gestión y pago de las obligaciones correspondientes a los capítulos 1, 11 y VI del presupuesto de gastos que sean exigibles en dicho periodo y correspondan a las funciones y servicios que se transfieren, y cuyo vencimiento esté previsto por su carácter periódico o por causas contractuales. El Real Decreto 1145/1985 también establece que la entrega de la documentación y expedientes de los servicios transferidos se realizará en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto. La resolución de los expedientes que se encuentren en tramitación se realizará de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 1956/1983. El Real Decreto 1145/1985 establece que el traspaso de funciones y servicios con sus medios, objeto de este acuerdo, tendrá efectividad a partir del día 1 de enero de 1985. Para que conste, se expide la presente certificación en Madrid, a 26 de diciembre de 1983, por los secretarios de la Comisión Mixta, J.E.D.G. y A.R.H. El Real Decreto 1145/1985 también incluye el Anexo II, que recoge las disposiciones legales afectadas por el traspaso de servicios en materia de laboratorios agrarios y de sanidad y producción animal a la Comunidad Autónoma de Castilla y León. Entre estas disposiciones legales se incluyen la Orden de 1 de diciembre de 1980 y la Orden de 18 de mayo de 1976, modificada por la de 17 de septiembre de 1982. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1145/1985 aprueba el acuerdo de transferencia de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Castilla y León en materia de laboratorios agrarios y de sanidad y producción animal. Establece los términos y condiciones de dicha transferencia, incluyendo la entrega de documentación, el plazo de efectividad y la gestión de obligaciones durante un periodo determinado. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transferencia de funciones**: Se traspasan funciones en materia de laboratorios agrarios y de sanidad y producción animal a la Comunidad Autónoma de Castilla y León. ⚠️ **Procedimiento de transferencia**: Se sigue el procedimiento establecido en el Real Decreto 1956/1983. 📋 **Documentación y expedientes**: La entrega de documentación y expedientes se realiza en un plazo de un mes. ℹ️ **Efectividad del traspaso**: El traspaso tiene efectividad a partir del 1 de enero de 1985. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1145/1985 - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 19 de junio de 1985 - **Materias**: Transferencia de funciones, laboratorios agrarios, sanidad animal, producción animal - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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