Orden de 2 de diciembre de 1985 por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Sanidad y Consumo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 2 de diciembre de 1985 por la que se determina la composición y funcion ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 2 de diciembre de 1985 establece la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Sanidad y Consumo, en cumplimiento de un real decreto anterior. **2. CONTEXTO** Esta norma se emite en el marco de la Ordenación de las Publicaciones Oficiales, regida por el Real Decreto 1434/1985. Su objetivo es garantizar la adecuada gestión y control de las publicaciones oficiales del Ministerio. La norma establece una estructura formal para la Comisión Asesora, que actúa como órgano consultivo y de asesoramiento en materia de publicaciones. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 2 de diciembre de 1985 regula la composición y funcionamiento de la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Sanidad y Consumo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 y la disposición final segunda del Real Decreto 1434/1985, de 1 de agosto. La norma establece que dicha Comisión está integrada por un Presidente, un Vicepresidente, varios Vocales y un Secretario, cuyas funciones y atribuciones son detalladas en el texto. El Presidente de la Comisión es el Subsecretario de Sanidad y Consumo, mientras que el Vicepresidente es el Secretario General Técnico, quien actúa como Presidente por delegación. Los Vocales son representantes de diversas unidades del Departamento, como la Subsecretaría de Sanidad y Consumo, la Secretaría General para el Consumo, la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, el Gabinete del Ministro, y otras direcciones generales y institutos relacionados con la salud y el consumo. El Secretario de la Comisión es el Subdirector General Jefe del Centro de Publicaciones. Además, se establece que pueden asistir a las reuniones de la Comisión otras autoridades y funcionarios, siempre que se les convoque expresamente, y que la Comisión puede actuar en pleno o en comisión permanente. La comisión permanente, presidida por el Secretario General Técnico, está integrada por dos Vocales designados por el pleno, y el Subdirector General Jefe del Centro de Publicaciones actúa como secretario. Las funciones de la Comisión incluyen informar sobre el programa anual del Departamento, orientar las actividades editoras y difusoras, informar la memoria anual de publicaciones, y asesorar a la Secretaría General Técnica en temas relacionados con las ediciones. Las propuestas de edición formuladas después de la aprobación del programa editorial deben ser autorizadas por el Presidente de la Comisión, y desde ese momento se incluyen en el programa editorial del Departamento, con efectos según lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 1434/1985. La norma establece que la Comisión debe actuar en cumplimiento de las normas generales de organización y funcionamiento de los órganos consultivos del Estado, y que su funcionamiento se regirá por las normas establecidas en el Real Decreto 1434/1985. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1985 establece una estructura formal y funcional para la Comisión Asesora de Publicaciones del Ministerio de Sanidad y Consumo, en cumplimiento de un real decreto previo. La norma detalla la composición, funciones y procedimientos de la Comisión, garantizando su participación en la gestión de las publicaciones oficiales del Ministerio. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Composición**: La Comisión está integrada por un Presidente, un Vicepresidente, varios Vocales y un Secretario. ⚠️ **Funciones**: Incluyen informar sobre el programa anual, orientar actividades editoras, informar la memoria anual y asesorar a la Secretaría General Técnica. 📋 **Procedimiento**: La Comisión puede actuar en pleno o en comisión permanente, con funciones definidas en el texto. ℹ️ **Referencia**: La norma se basa en el Real Decreto 1434/1985, que ordena las publicaciones oficiales. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 2 de diciembre de 1985 - **Materias**: Publicaciones oficiales, gestión documental, organización administrativa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Asesora, publicaciones oficiales, Ministerio de Sanidad y Consumo, Real Decreto 1434/1985 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────