Real Decreto 417/1987, de 27 de febrero, por el que se suprime el Organismo autónomo «Casa de Salud Santa Cristina y Escuela Oficial de Matronas».
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 417/1987, de 27 de febrero, por el que se suprime el Organismo autó ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 417/1987, de 27 de febrero, suprime el Organismo Autónomo «Casa de Salud Santa Cristina y Escuela Oficial de Matronas», transfiriendo sus funciones al Instituto Nacional de la Salud y modificando su estructura administrativa. **2. CONTEXTO** El artículo 85.7 e) de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado, establecía que el Gobierno debía suprimir el Organismo Autónomo mencionado durante 1985. La supresión no implicaba la desaparición de sus servicios sanitarios y docentes, sino su integración en la red sanitaria de la Seguridad Social. El Real Decreto 417/1987 implementa esta medida, ajustándose a los principios de racionalidad y eficacia. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 417/1987 se fundamenta en la Ley 50/1984, que autoriza al Gobierno a suprimir, refundir o modificar organismos autónomos afectados por el proceso autonómico. Según el artículo 100.2 de dicha ley, el Estado puede actuar para integrar funciones en instituciones públicas, como el Instituto Nacional de la Salud. El decreto establece que la supresión del Organismo Autónomo debe garantizar la continuidad de la asistencia sanitaria y docente, mediante su adscripción al Instituto Nacional de la Salud. Además, el decreto incluye una lista detallada del personal vinculado al Organismo Autónomo, indicando quiénes deben ser trasladados, extinguidos o reasignados. Por ejemplo, se mencionan médicos, matronas, técnicos sanitarios y personal administrativo, con especificaciones sobre su destino. Esta parte del decreto se alinea con el artículo 94 de la Ley 50/1984, que permite la refundición y asunción de funciones por parte de la Administración Pública. El texto también refiere al Acuerdo del Consejo de Ministros de 19 de diciembre de 1984, que ordena la adscripción de cuerpos y escalas de funcionarios a los departamentos ministeriales. Esto incluye la extinción de ciertos cargos, como médicos y colaboradores médicos, y la reasignación de otros, como profesores universitarios o secretarios generales. La transición contempla la centralización de la administración del Organismo Autónomo, con la integración en la red sanitaria de la Seguridad Social. El decreto destaca la necesidad de salvaguardar la demanda social, asegurando que los servicios sanitarios y docentes no se interrumpan. La supresión del Organismo Autónomo se justifica como una medida de racionalización, alineada con los principios de eficacia y economía en la gestión pública. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 417/1987 suprime un organismo autónomo y lo integra en el Instituto Nacional de la Salud, garantizando la continuidad de sus funciones. La medida se basa en la Ley 50/1984 y contempla la reasignación de personal y la centralización de la gestión. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Supresión y integración**: El Organismo Autónomo se suprime y sus funciones se asumen por el Instituto Nacional de la Salud. ⚠️ **Racionalización**: La medida busca optimizar recursos y garantizar la continuidad de servicios. 📋 **Personal afectado**: Se detalla una lista extensa de empleados, incluyendo médicos, técnicos y administrativos. ℹ️ **Legislación aplicable**: Se basa en el artículo 100.2 de la Ley 50/1984 y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1984. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 417/1987 - **Tipo**: Decreto - **Fecha**: 27 de febrero de 1987 - **Materias**: Salud, Educación, Administración Pública - **Relevancia**: ALTA (afecta a la organización de servicios sanitarios y docentes) **Palabras clave**: Organismo Autónomo, Instituto Nacional de la Salud, Ley 50/1984, supresión, integración, personal público. **Longitud**: 680 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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