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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 11/1986, de 19 de diciembre, por la que se crea el Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia.

BOE-A-1987-4749Publicada: 23/02/1987COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Ley 11/1986, de 19 de diciembre, por la que se crea el Instituto de Servicios So ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 11/1986 crea el Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia, un organismo autónomo con funciones de gestión y coordinación de servicios sociales, integrando centros existentes y transfiriendo funciones de instituciones anteriores. **2. CONTEXTO** La Ley se fundamenta en el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia (Ley Orgánica 4/1982), que atribuye competencias exclusivas en bienestar y servicios sociales. La Ley Regional 8/1985 estableció un sistema público de servicios sociales basado en principios como responsabilidad pública, universalidad y participación democrática. La nueva norma busca cumplir con la disposición transitoria de dicha ley, creando un instituto regional para garantizar una gestión homogénea y eficiente. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 11/1986 establece la creación del Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia como organismo autónomo de carácter administrativo, con funciones de coordinación, gestión y supervisión de servicios sociales. Su objetivo es integrar y optimizar la oferta de servicios sociales, basándose en principios como la descentralización, la normalización y la solidaridad. **Artículo 1**: Define el Instituto como un órgano autónomo con autonomía técnica y financiera, sujeto a la normativa vigente. **Artículo 2**: Detalla la integración de centros y servicios existentes, incluyendo los de atención a personas con discapacidad psíquica en El Palmar y Canteras (Cartagena), así como el patrimonio de la Fundación de la Diputación Provincial de Murcia, que pasa a formar parte del Instituto. **Artículo 3**: Establece que el personal vinculado a la Fundación se incorpora al Instituto en los mismos términos que se establecen en el apartado 2 del artículo anterior. **Artículo 4**: Menciona la transferencia del Instituto Nacional de Servicios Sociales a la Región de Murcia, con la obligación de regular su estructura orgánica y participación en el plazo de seis meses. **Artículo 5**: Establece que, en el mismo plazo, se aprobará el inventario de bienes y la estructura orgánica del Instituto, con informe de la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales, y la Comisión de Asuntos Sociales de la Asamblea Regional. **Artículo 6**: Incluye una disposición derogatoria, anulando normas que se opongan a la nueva ley. La norma se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia el 30 de diciembre de 1986, y su vigencia se extiende a todos los ciudadanos de la región. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 11/1986 crea un marco legal para la gestión integrada de servicios sociales en la Región de Murcia, transfiriendo funciones de instituciones anteriores y estableciendo un organismo autónomo. Su implementación requiere un proceso de regulación y coordinación con organismos regionales. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Instituto**: Organismo autónomo con funciones de gestión y coordinación de servicios sociales. ⚠️ **Transferencia de funciones**: Incluye la adscripción de centros existentes y patrimonio de la Diputación Provincial. 📋 **Regulación obligatoria**: La estructura orgánica y el inventario de bienes deben ser aprobados en un plazo de seis meses. ℹ️ **Derogatoria**: Se anulan normas anteriores que se opongan a la nueva ley. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Región de Murcia. - **Fuente**: Ley 11/1986. - **Tipo**: Ley Ordinaria Nacional. - **Fecha**: 19 de diciembre de 1986. - **Materias**: Servicios sociales, autonomía, gestión pública. - **Relevancia**: ALTA (establece un marco legal fundamental para la organización de servicios sociales en la región). **Palabras clave**: Instituto de Servicios Sociales, autonomía, descentralización, participación democrática, patrimonio público. **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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