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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 13 de octubre de 1988 por la que se establece la prohibición del uso del aditivo estearato de ascorbilo y los criterios de pureza de los aditivos (E-227) sulfito ácido de calcio y (E-228) sulfito ácido de potasio.

BOE-A-1988-28917Publicada: 20/12/1988MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Pequeña corrección en la normativa de aditivos alimentarios** Esta orden ministerial es una rectificación de un error detectado en una orden anterior de octubre de 1988. La orden original trataba sobre la prohibición de un aditivo alimentario llamado estearato de ascorbilo y establecía normas de pureza para otros dos aditivos: el sulfito ácido de calcio y el sulfito ácido de potasio. El error corregido se refiere a la fecha de una directiva europea mencionada en el texto original. En lugar de indicar una fecha incorrecta, se corrige a la fecha correcta de la directiva del Consejo 86/604/CEE, que era el 8 de diciembre de 1986. Esta corrección no afecta directamente al consumidor en su día a día, sino que es un ajuste técnico para asegurar que la normativa publicada sea precisa y coherente con la legislación europea vigente en ese momento. Entró en vigor el 20 de diciembre de 1988, fecha de su publicación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 13 de octubre de 1988, ahora corregida, buscaba armonizar la legislación española sobre aditivos alimentarios con la normativa europea, específicamente con la Directiva 86/604/CEE. Antes de esta orden, la regulación de aditivos podía variar, y la corrección de errores era un procedimiento habitual para asegurar la precisión legal. Esta rectificación, aunque menor, es importante porque garantiza que la referencia a la normativa comunitaria sea exacta, evitando posibles interpretaciones erróneas y asegurando la correcta aplicación de las normas de seguridad alimentaria en España. La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado, como es habitual para este tipo de disposiciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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