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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 12 de mayo de 1989 por la que se establecen las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables a la asistencia sanitaria que se preste con medios ajenos al Instituto Nacional de la Salud durante 1989.

BOE-A-1989-11297Publicada: 19/05/1989MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de tarifas para servicios sanitarios concertados** Esta orden ministerial establece las normas para ajustar los precios de los servicios médicos que no son prestados directamente por el Instituto Nacional de la Salud (INSALUD), sino por centros o empresas privadas con las que el INSALUD tiene acuerdos. El objetivo es reflejar el aumento de los costes previsto para el año 1989 y asegurar que los pagos a estos proveedores se mantengan actualizados. Concretamente, se autoriza una revisión de las tarifas aplicables a la asistencia sanitaria recibida a través de medios ajenos al INSALUD. Esto incluye un incremento del 5,5% en las tarifas por día de estancia en hospitales concertados y en las tarifas por prestaciones especiales no asimiladas a grupos estándar. También se actualizan las tarifas para consultas, intervenciones quirúrgicas y urgencias ambulatorias en centros hospitalarios. Esta actualización de tarifas entra en vigor con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 1989. La medida busca adecuar el sistema de servicios concertados a la legislación sanitaria vigente y sienta las bases para futuras normativas generales sobre la materia, basándose en la experiencia adquirida con estos acuerdos singulares. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 12 de mayo de 1989 actualiza las condiciones económicas de la asistencia sanitaria prestada por medios ajenos al INSALUD, siguiendo la línea de la Orden de 31 de mayo de 1988 que ya autorizó revisiones para 1987 y 1988. A diferencia de normativas más recientes que podrían contemplar modelos de concierto más flexibles o integrados, esta orden se centra en la actualización de tarifas, especialmente para la asistencia hospitalaria y ambulatoria, con un incremento del 5,5% para 1989. Se introduce, de forma excepcional, un nuevo sistema de conciertos singulares con centros hospitalarios, buscando adecuar el régimen a la Ley General de Sanidad. Esta medida, aprobada a nivel nacional por el Ministerio de Sanidad, es relevante para entender la evolución de la colaboración público-privada en sanidad en España y su adaptación a la normativa vigente en aquel momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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