Orden de 28 de septiembre de 1989, por la que se incluyen determinados principios activos en las listas III y IV anexas al Convenio de sustancias psicotrópicas de 1971.
¿Qué dice esta ley?
**Control de nuevas sustancias psicotrópicas** Esta orden ministerial actualiza las listas de sustancias psicotrópicas controladas en España. Se trata de incorporar dos nuevas sustancias, la Buprenorfina y la Pemolina, a los listados que ya existían para regular su uso y distribución. El objetivo es adaptar la legislación española a los acuerdos internacionales sobre control de drogas. Concretamente, la Buprenorfina se incluye en la Lista III y la Pemolina en la Lista IV. Esto implica que las empresas que fabriquen, importen, exporten, distribuyan o vendan estas sustancias, así como los laboratorios farmacéuticos que las usen en sus productos, deberán cumplir con las normativas específicas para este tipo de sustancias psicotrópicas. Se establecen plazos para que se adapten a estas nuevas exigencias. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Dado que la publicación fue el 10 de octubre de 1989, la orden se aplicó a partir del 11 de octubre de 1989, afectando a la regulación de estas dos sustancias desde esa fecha. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden de 28 de septiembre de 1989 se enmarca en un esfuerzo continuo por actualizar el control de sustancias psicotrópicas, alineando la legislación nacional con los convenios internacionales. Antes de esta orden, España ya contaba con un marco regulatorio para estas sustancias, establecido principalmente por el Real Decreto 2829/1977, que a su vez se basaba en el Convenio de Sustancias Psicotrópicas de 1971. La inclusión de la Buprenorfina y la Pemolina responde a decisiones de la Comisión de Estupefacientes de la ONU, basadas en informes de la OMS, lo que demuestra la importancia de la cooperación internacional en esta materia. Esta medida es crucial para prevenir el uso indebido y el tráfico ilícito de estas sustancias, garantizando su disponibilidad controlada para fines médicos y científicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────