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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 31 de julio de 1990, por la que se establecen las normas para la revisión de las condiciones económicas aplicables a la prestación de asistencia sanitaria concertada por el Instituto Nacional de la Salud.

BOE-A-1990-18701Publicada: 03/08/1990MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de precios para la sanidad concertada** Esta orden ministerial establece las nuevas tarifas que se aplicarán a los servicios sanitarios que el Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) contrata con centros privados para atender a los ciudadanos. El objetivo es ajustar los costes reales y prever los gastos para el año 1990, actualizando los precios de los acuerdos ya existentes y fijando nuevos para los que se firmen durante ese año. Concretamente, se modifican las tarifas máximas para la asistencia hospitalaria, estableciendo precios por día de estancia y aplicando incrementos porcentuales a los conciertos vigentes según el tipo de centro y nivel de atención. También se fijan nuevas tarifas para la asistencia ambulatoria, incluyendo primeras consultas, intervenciones quirúrgicas, urgencias y revisiones. La orden entró en vigor el 3 de agosto de 1990, aunque los efectos económicos de las nuevas tarifas se aplicaron desde el 1 de enero de 1990 para la asistencia hospitalaria y se establecieron para todo el ejercicio económico de 1990 para la asistencia ambulatoria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 31 de julio de 1990 actualiza las condiciones económicas de la asistencia sanitaria concertada por el INSALUD, sucediendo a una orden similar de mayo de 1989 que fijaba tarifas desde enero de ese año. Esta normativa se enfoca en la revisión de precios para reflejar la evolución de los costes y las previsiones para 1990, tanto en hospitalización como en atención ambulatoria. A diferencia de normativas más recientes que podrían estar armonizadas a nivel europeo, esta orden responde a un modelo de gestión sanitaria nacional y autonómica en desarrollo, donde el INSALUD actuaba como principal ente concertador. Su importancia radica en la transparencia y ajuste de los costes de servicios públicos externalizados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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