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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 19 de octubre de 1990 por la que se adaptan por tercera vez al progreso técnico los anexos del Real Decreto 349/1988, de 15 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Productos Cosméticos.

BOE-A-1990-26175Publicada: 29/10/1990MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de normas para productos cosméticos** Esta orden adapta la normativa española sobre productos cosméticos a un progreso técnico europeo. Básicamente, se actualizan las listas de ingredientes permitidos y prohibidos, así como las condiciones de uso de algunos componentes en los productos que usamos a diario, como maquillajes o tintes para el cabello. Los cambios concretos implican la adición de nuevos colorantes y sustancias, la eliminación de otras o la modificación de sus restricciones. Por ejemplo, se añade el acetato de plomo como tinte para el cabello bajo ciertas condiciones y advertencias, y se actualizan referencias a colorantes y otras sustancias. Esta orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que fue el 29 de octubre de 1990. Por lo tanto, los cambios se aplicaron a partir del 30 de octubre de 1990. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La normativa española sobre cosméticos, iniciada con el Real Decreto 349/1988, se basaba en directivas europeas destinadas a armonizar las reglas de composición, etiquetado y envasado. Esta orden de 1990 representa la tercera adaptación de los anexos de dicha reglamentación al avance técnico, transponiendo la duodécima directiva comunitaria. A diferencia de normativas más recientes, esta orden de 1990 es un ejemplo temprano de cómo España incorporaba la legislación europea para garantizar la seguridad y calidad de los productos cosméticos en el mercado nacional, alineándose con las directrices de la Comisión Europea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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