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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 9 de noviembre de 1991 por la que se adaptan por cuarta vez al progreso técnico los anexos del Real Decreto 349/1988, de 15 de abril, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria de Productos Cosméticos.

BOE-A-1991-27834Publicada: 19/11/1991MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de normas para productos cosméticos** Esta orden adapta la normativa española sobre productos cosméticos a los avances técnicos y científicos, siguiendo las directivas de la Unión Europea. Su objetivo es garantizar la seguridad y calidad de los productos que usamos a diario, como cremas, maquillajes o champús. Concretamente, se modifican los anexos que detallan qué sustancias se pueden usar, cuáles están prohibidas y cuáles permitidas bajo ciertas condiciones. Se añaden nuevos ingredientes permitidos y se retiran o ajustan otros, como algunos colorantes o compuestos para higiene bucal, asegurando que solo se utilicen aquellos que han demostrado ser seguros. La orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esto significa que los cambios en las listas de ingredientes permitidos y prohibidos para cosméticos se aplican de forma inmediata, protegiendo al consumidor de posibles riesgos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La normativa española sobre productos cosméticos, iniciada con el Real Decreto 349/1988, se ha adaptado periódicamente para alinearse con la legislación europea. Esta orden de 1991 representa la cuarta actualización, reflejando la decimotercera modificación de la Directiva marco de cosméticos de la UE. A diferencia de otros ámbitos, la regulación de cosméticos es eminentemente comunitaria, buscando una armonización total en el mercado interior. España, como miembro de la UE, transpone estas directivas para asegurar que los productos comercializados cumplan con los mismos estándares de seguridad y calidad en toda Europa. La importancia radica en la protección de la salud pública y la facilitación del comercio intracomunitario. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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