Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 15/1994, de 3 de junio, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente, a fin de prevenir los riesgos para la salud humana y para el medio ambiente.

BOE-A-1994-12770Publicada: 04/06/1994JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

**Control de Organismos Modificados Genéticamente** Esta ley establece las normas para el uso controlado, la liberación voluntaria y la comercialización de organismos que han sido modificados genéticamente. Su objetivo principal es proteger la salud de las personas y el medio ambiente de posibles riesgos derivados de estas tecnologías. Lo que cambia es que se definen las condiciones bajo las cuales se pueden manipular, liberar o vender estos organismos. Se busca garantizar que cualquier actividad que involucre organismos modificados genéticamente se realice con las máximas garantías de seguridad, evaluando y minimizando cualquier peligro potencial. La ley entró en vigor en 1994. Fue una respuesta a los avances en biotecnología y a la necesidad de tener un marco legal nacional que se alineara con las directrices europeas para asegurar un manejo responsable de estas innovaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la regulación sobre organismos modificados genéticamente (OMG) en España era incipiente. La Ley 15/1994 supuso la transposición de dos directivas europeas clave (90/219/CEE y 90/220/CEE), estableciendo un marco jurídico nacional para la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de OMG. Esto la situó en línea con la normativa comunitaria, que ya buscaba armonizar las reglas para la bioseguridad. Otras CCAA no tenían legislación específica, por lo que esta ley nacional fue fundamental. Su importancia radica en sentar las bases para un desarrollo responsable de la biotecnología, equilibrando sus beneficios potenciales con la protección de la salud y el medio ambiente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →