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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 7 de abril de 1997 sobre revisión de las condiciones económicas aplicables en 1997 a la prestación de servicios concertados de transporte sanitario en el ámbito del Instituto Nacional de la Salud.

BOE-A-1997-10566Publicada: 16/05/1997MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de tarifas para transporte sanitario concertado en 1997** Esta orden ministerial establece las nuevas condiciones económicas y tarifas máximas para los servicios de transporte sanitario que el Instituto Nacional de la Salud (INSALUD) tenía concertados con empresas privadas durante el año 1997. Su objetivo es ajustar los precios a la evolución económica y a las previsiones para ese año, garantizando la continuidad y calidad de estos servicios esenciales. Lo que cambia concretamente es la fijación de los importes que se pagan por diferentes tipos de traslados. Se detallan tarifas máximas para ambulancias asistidas (con personal médico y de enfermería) y no asistidas, tanto para servicios urbanos como interurbanos, incluyendo costes por kilómetro y por tiempo de espera. Estos importes se expresan en pesetas y varían según si el personal sanitario es de la empresa concertada o del INSALUD. Esta orden entró en vigor el 16 de mayo de 1997, fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Las tarifas actualizadas se aplicaron a los servicios concertados durante todo el año 1997, afectando a la financiación de estos servicios y a las empresas que los prestaban. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la regulación de precios para el transporte sanitario concertado se basaba en la Orden de 23 de febrero de 1996. Esta nueva disposición de 1997 actualiza dichas tarifas, reflejando la evolución de los índices de precios y las previsiones económicas para ese año. A diferencia de normativas más recientes que podrían estar armonizadas a nivel europeo, esta orden es específica del ámbito nacional español y del INSALUD, que era el organismo gestor de la sanidad pública en aquel momento. Su aprobación por el Ministerio de Sanidad y Consumo, con informes favorables de Economía y Hacienda, subraya la importancia de mantener actualizadas las condiciones económicas de los conciertos para asegurar la prestación de servicios sanitarios esenciales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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