Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de julio de 1997 por la que se amplía la de 21 de julio de 1994 por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

BOE-A-1997-15715Publicada: 15/07/1997MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Protección de datos de donantes de gametos y preembriones** Esta orden ministerial amplía la regulación sobre cómo se gestionan los datos personales en el Ministerio de Sanidad y Consumo. Concretamente, se añade un nuevo fichero informático para el Registro Nacional de Donantes de Gametos y Preembriones. El objetivo es asegurar que la información de estas personas se trate de forma segura y confidencial, tal y como exige la ley de protección de datos. Lo que cambia es la inclusión explícita de este registro específico en la lista de ficheros de datos personales del Ministerio que deben cumplir con la normativa. Esto garantiza que los derechos de los donantes, como el acceso a su información o su rectificación, estén protegidos y sean ejercitables. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los cambios se aplicaron de forma inmediata tras su publicación en 1997. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, ya existía una regulación sobre ficheros de datos personales en el Ministerio de Sanidad y Consumo, establecida en 1994, en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos. Esta nueva orden amplía dicha regulación para incluir el Registro Nacional de Donantes de Gametos y Preembriones, creado por ley previa y regulado por Real Decreto. A diferencia de otras comunidades autónomas o normativas europeas que pudieran tener enfoques distintos sobre la protección de datos sanitarios, esta orden es de ámbito nacional y específica para el Ministerio. Su importancia radica en garantizar la privacidad y los derechos de los ciudadanos que participan como donantes en técnicas de reproducción asistida, asegurando un marco legal claro para la gestión de esta información sensible. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →