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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 31 de octubre de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 412/1997, de 21 de marzo, por el que se establece un plazo para solicitar la obtención del título de especialista en Radiofarmacia, Farmacia Industrial y Galénica y Análisis y Control de Medicamentos y Drogas, por parte de los Licenciados en Farmacia con ejercicio profesional que se corresponda con alguna de dichas especializaciones.

BOE-A-1997-23162Publicada: 01/11/1997MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Plazo para obtener títulos de especialista en Farmacia** Esta orden establece un plazo específico para que los licenciados en Farmacia que ya ejercían profesionalmente en áreas como Radiofarmacia, Farmacia Industrial y Galénica, o Análisis y Control de Medicamentos y Drogas, pudieran solicitar la obtención del título oficial de especialista en estas ramas. El objetivo era reconocer la experiencia adquirida por estos profesionales. Concretamente, se fijó un periodo para que estos farmacéuticos, que ya desarrollaban su labor en campos relacionados con estas especialidades, pudieran formalizar su reconocimiento oficial. Esto implicaba cumplir ciertos requisitos y presentar la documentación acreditativa de su ejercicio profesional y formación. La fecha límite para acogerse a este procedimiento excepcional y solicitar la expedición de estos títulos de especialización fue el 1 de noviembre de 1997. A partir de ese momento, ya no se podrían solicitar por esta vía especial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La orden de 1997 vino a desarrollar un Real Decreto anterior que establecía un plazo excepcional para la obtención de títulos de especialista en Radiofarmacia, Farmacia Industrial y Galénica, y Análisis y Control de Medicamentos y Drogas. Antes de esto, la obtención de especialidades farmacéuticas seguía vías más regladas. Esta medida buscaba dar cabida a licenciados en Farmacia con experiencia profesional consolidada en estas áreas, reconociendo su práctica. A diferencia de otros países o de la Unión Europea, donde las especializaciones pueden tener un enfoque distinto, en España se optó por esta vía transitoria. La iniciativa fue aprobada por los ministerios de Educación y Cultura, y Sanidad y Consumo, y su importancia radica en la regularización de la formación y el reconocimiento profesional en sectores farmacéuticos específicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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