Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden SCO/3664/2004, de 11 de noviembre, por la que se modifica el Anexo III del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos.

BOE-A-2004-21695Publicada: 28/12/2004MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Pequeña corrección en la normativa de cosméticos** Este documento es una corrección de un error detectado en una orden anterior que regula los productos cosméticos. Se trata de una rectificación técnica para asegurar que la información sobre la concentración máxima de un ingrediente en las aguas de colonia sea correcta. Afecta principalmente a los fabricantes y distribuidores de estos productos. Lo que cambia es un detalle muy específico: la letra que acompaña a la cifra de concentración máxima permitida para un componente en las aguas de colonia. Anteriormente, se indicaba con la letra 'd' y ahora se corrige para que sea la letra 'b'. Este cambio no altera la cantidad máxima permitida, solo la forma en que se clasifica o identifica. Esta corrección entra en vigor el día 28 de diciembre de 2004, que es la fecha de publicación de este Real Decreto. Su objetivo es garantizar la precisión de la normativa que rige la seguridad y composición de los productos que usamos a diario. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden SCO/3664/2004 modificó el Real Decreto 1599/1997 sobre productos cosméticos, estableciendo límites de concentración para ciertos ingredientes. Sin embargo, se detectó un error tipográfico en la redacción de una de estas modificaciones, concretamente en la letra que identificaba la concentración máxima permitida en aguas de colonia. Esta rectificación, publicada a nivel nacional, busca subsanar dicha imprecisión para asegurar la correcta aplicación de la normativa. A diferencia de regulaciones más amplias que pueden variar entre Comunidades Autónomas o alinearse con directivas europeas, este es un ajuste puntual y técnico que no altera el fondo de la regulación, sino su forma para evitar confusiones futuras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →