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Real DecretoNacionalvigente

Resolución de 15 de febrero de 2005, de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, por la que se modifica el anejo del Real Decreto 2402/2004, de 30 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 104 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, para las revisiones coyunturales de precios de especialidades farmacéuticas y se adoptan las medidas adicionales para la contención del gasto farmacéutico.

BOE-A-2005-3725Publicada: 07/03/2005MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Esta resolución de 2005, emitida por la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, se fundamenta en el Real Decreto 2402/2004, el cual desarrollaba el artículo 104 de la Ley del Medicamento de 1990 para la revisión de precios y contención del gasto farmacéutico. Previamente, la gestión de precios de medicamentos se realizaba a través de anexos a normativas estatales, sin que las Comunidades Autónomas tuvieran competencias directas en la modificación de estos anexos específicos, aunque sí en la aplicación de políticas de gasto. La presente resolución, al corregir errores y omisiones en dicho anejo, impacta directamente en el ciudadano al poder afectar la disponibilidad y el coste de ciertos medicamentos, garantizando así una actualización más precisa de los precios aprobados y la exclusión de presentaciones que ya no se ajustan a los criterios establecidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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