Ley 4/2005, de 29 de abril, sobre drogodependencias y otras adicciones en las Illes Balears.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Ley 4/2005, la regulación de las drogodependencias en las Illes Balears se basaba en actuaciones coordinadas por la consejería sanitaria y planes autonómicos desde 1993, integrando la responsabilidad del Gobierno Balear en la materia. Esta norma se alinea con el principio rector de protección de la salud recogido en la Constitución Española y busca abordar la drogodependencia como un fenómeno social y sanitario complejo, reconociendo su impacto en la libertad individual. A diferencia de otras comunidades autónomas que pudieron haber desarrollado normativas más específicas o integrales, o de la legislación estatal que ha ido evolucionando, esta ley balear pretende ofrecer un marco específico, aunque deja el alcohol para un desarrollo normativo independiente. La aprobación por el Parlamento de las Illes Balears y su posterior promulgación por el Presidente la dotan de plena vigencia autonómica. Para el ciudadano, esta diferencia importa porque define el marco de actuación pública en prevención, atención y sanción de las adicciones, afectando directamente a los servicios disponibles y a las normativas que rigen su comportamiento en relación con estas sustancias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────