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Real DecretoNacionalvigente

Orden SCO/255/2007, de 3 de febrero, por la que se modifica el anexo de la Orden de 17 de septiembre de 1982, por la que se desarrolla el Real Decreto 2730/1981, de 19 de octubre, sobre el registro de especialidades farmacéuticas publicitarias.

BOE-A-2007-2959Publicada: 13/02/2007MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO

¿Qué dice esta ley?

**Nuevos ingredientes permitidos en medicamentos publicitarios** Esta orden actualiza la lista de sustancias activas que se pueden usar en medicamentos que se anuncian al público. El objetivo es permitir la inclusión de nuevos principios activos y ajustar las cantidades o usos de otros ya existentes, siempre garantizando la seguridad y eficacia de estos productos. Concretamente, se añaden a la lista sustancias como el ketoprofeno para uso externo, almagato como antiácido, carbón activado para gases, terbinafina para hongos en los pies, loratadina para alergias, azelastina para ojos, ketoconazol para la caspa y nicotina en pastillas para dejar de fumar. También se modifican las dosis permitidas para la bencidamina en colutorios y sprays. Esta orden entró en vigor el 13 de febrero de 2007, fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y supuso una actualización del listado que regula qué componentes pueden formar parte de los medicamentos que se publicitan. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, el Real Decreto 2730/1981 y su desarrollo de 1982 establecían un listado de principios activos permitidos en especialidades farmacéuticas publicitarias. La presente orden, de ámbito nacional, modifica dicho anexo para incorporar nuevas sustancias y ajustar las condiciones de uso de otras, respondiendo a propuestas del sector. A diferencia de normativas europeas que buscan armonización, esta regulación es específica del marco español. La aprobación de estas modificaciones es relevante para la industria farmacéutica, ya que amplía las posibilidades de formulación de medicamentos publicitarios, y para los ciudadanos, al permitir el acceso a nuevos tratamientos de venta libre con garantías de seguridad y eficacia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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