Acuerdo de 12 de febrero de 2025, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se modifica el Reglamento 1/2005, de 15 de septiembre, de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, aprobado el 12 de febrero de 2025, que modifica el Reglamento 1/2005, la norma interna que organiza el funcionamiento de los juzgados en España. En concreto, cambia dos artículos de ese reglamento para regular qué juez actúa cuando surgen situaciones urgentes fuera del horario habitual de los tribunales. **¿A quién afecta?** Afecta a cualquier persona que se vea involucrada en una situación de urgencia judicial fuera de días u horas hábiles: personas internadas de forma no voluntaria por un trastorno psíquico, menores con problemas de conducta que puedan ingresar en centros de protección, personas cuyo domicilio puede ser objeto de una entrada forzosa para ejecutar medidas de protección de menores, y personas privadas de libertad cuyos derechos requieran atención urgente del juzgado de vigilancia penitenciaria. También afecta a grandes ciudades donde hay muchos casos de delitos leves. **¿Qué cambia o establece?** La norma establece que, cuando una solicitud urgente llega fuera del horario de los juzgados competentes, será el juez de guardia de turno en esa circunscripción quien resuelva en su lugar, siempre que el período inhábil se extienda al menos 24 horas más. Esto garantiza que se respeten los plazos legales de 72 horas para ratificar un internamiento psiquiátrico no voluntario y de 24 horas para autorizar una entrada en domicilio por protección de menores. Además, se elimina el límite máximo de juzgados de guardia que pueden juzgar delitos leves de forma inmediata en grandes partidos judiciales, y se actualiza el lenguaje de la norma: se sustituye el término "faltas" por "delitos leves" y "Juntas de Jueces" por "Juntas de Jueces y Juezas".
💬 Contexto ciudadano
El Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales es el instrumento del CGPJ que organiza el funcionamiento diario de los juzgados. La reforma que garantiza la cobertura en períodos inhábiles de más de 24 horas es especialmente relevante para los plazos de los internamientos psiquiátricos no voluntarios (art. 763 LEC) y las autorizaciones de entrada domicilio para protección de menores, donde las 72 y 24 horas respectivas son plazos constitucionales garantizados. En comparación con el sistema alemán de Bereitschaftsdienst (juzgado de guardia permanente) o el francés (juge de permanence), el modelo español tiene cobertura menos sistemática en períodos festivos. La actualización mejora la protección de derechos fundamentales en los momentos más vulnerables de las personas implicadas.