Orden MinisterialNacionalvigente

Orden CIN/2137/2008, de 3 de julio, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Farmacéutico.

BOE-A-2008-12391Publicada: 19/07/2008MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Requisitos para ser Farmacéutico Oficial** Esta orden establece las condiciones específicas que deben cumplir los planes de estudio universitarios para que los títulos de Grado en Farmacia sean reconocidos oficialmente y permitan ejercer la profesión. Su objetivo es garantizar que todos los futuros farmacéuticos reciban una formación homogénea y de calidad en todo el territorio nacional. Concretamente, la orden detalla los contenidos y la estructura que deben tener las titulaciones de Grado para que sean verificadas y aprobadas. Esto asegura que los estudios universitarios se alineen con las necesidades de la profesión regulada de farmacéutico, tal como lo exige la legislación española. La orden entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el 19 de julio de 2008, marcando un hito en la estandarización de la formación farmacéutica en España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la regulación de las profesiones sanitarias ya existía, pero la Orden CIN/2137/2008 vino a concretar los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habilitan para el ejercicio de la profesión de Farmacéutico. Se enmarca dentro de la adaptación de la normativa española al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) y al Real Decreto 1393/2007. A diferencia de otras profesiones, la de farmacéutico es una profesión regulada a nivel nacional. Su aprobación por el Ministerio de Ciencia e Innovación en 2008 fue crucial para asegurar la calidad y homogeneidad de la formación de los futuros profesionales en todo el país. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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