Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 517/2013, de 5 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 846/2011, de 17 de junio, por el que se establecen las condiciones que deben cumplir las materias primas a base de materiales poliméricos reciclados para su utilización en materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.

BOE-A-2013-8013Publicada: 23/07/2013MINISTERIO DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD

¿Qué dice esta ley?

**Más PET reciclado para tus bebidas** Este Real Decreto permite que el plástico reciclado, concretamente el PET, se use en envases para bebidas refrescantes. Hasta ahora, solo se permitía para agua embotellada. La idea es aprovechar mejor los materiales reciclados mientras se espera una normativa europea más detallada. Lo que cambia es que las empresas que fabriquen envases con PET reciclado en España podrán usarlos para bebidas como refrescos, zumos o bebidas energéticas, siempre que cumplan unas condiciones de seguridad. Esto amplía las posibilidades de reciclaje y reduce la necesidad de plástico nuevo. Este cambio entra en vigor el 23 de julio de 2013, fecha de publicación del Real Decreto. Es una medida temporal hasta que la Unión Europea establezca normas definitivas sobre el uso de plásticos reciclados en contacto con alimentos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Hasta la fecha, la normativa española permitía el uso de PET reciclado en envases de agua embotellada, pero no para otras bebidas. Esta limitación se mantenía a la espera de una regulación europea más amplia sobre materiales plásticos reciclados en contacto con alimentos. Ante esta situación, y con el objetivo de facilitar la reutilización de materiales, se ha ampliado la autorización para incluir bebidas refrescantes. Otros países de la UE han adoptado medidas similares durante este periodo transitorio, lo que subraya la importancia de adaptar la legislación nacional a las necesidades del mercado y a los avances en reciclaje, siempre garantizando la seguridad alimentaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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