Acuerdo Administrativo, para el período 2016-2017, entre el Ministerio español de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Organización Mundial de la Salud para llevar a cabo actividades de cooperación en materia de donación y trasplante de órganos, células y tejidos humanos al amparo del Acuerdo Marco de Cooperación entre el Reino de España y la Organización Mundial de la Salud de 12 de septiembre de 2001, firmado en Madrid y Ginebra el 14 de junio de 2016.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Acuerdo Administrativo, para el período 2016-2017, entre el Ministerio español d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Acuerdo Administrativo establece la cooperación entre el Ministerio español de Sanidad y la Organización Mundial de la Salud para actividades relacionadas con la donación y trasplante de órganos, células y tejidos humanos durante el periodo 2016-2017. **2. CONTEXTO** Este acuerdo se firmó en el marco del Acuerdo Marco de Cooperación entre España y la OMS de 2001. Se busca mejorar la seguridad, calidad y disponibilidad global de trasplantes. La OMS y España colaboran para recopilar datos y promover buenas prácticas en este ámbito. El acuerdo entró en vigor el 1 de noviembre de 2016. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo Administrativo, firmado el 14 de junio de 2016 en Madrid y Ginebra, establece un marco de cooperación entre el Ministerio español de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Organización Mundial de la Salud (OMS) para actividades relacionadas con la donación y trasplante de órganos, células y tejidos humanos durante el periodo 2016-2017. El acuerdo se basa en el Acuerdo Marco de Cooperación entre España y la OMS, firmado en Madrid el 12 de septiembre de 2001, y se regirá bajo el marco jurídico de este acuerdo. El acuerdo incluye un preámbulo que menciona la adopción de las resoluciones WHA57.18 y WHA63.22 de la Asamblea Mundial de la Salud sobre trasplante de órganos y tejidos humanos. Estas resoluciones destacan la importancia de recopilar datos globales sobre prácticas, seguridad, calidad, eficacia y epidemiología en trasplantes, así como su disponibilidad para todos los agentes involucrados. El objetivo es mejorar la situación global en este ámbito. El acuerdo establece que la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) de España y el Departamento para la Prestación de Servicios y Seguridad (SDS) de la OMS actuarán como entidades responsables de la ejecución del acuerdo. Además, se establece que el Ministerio español y la OMS podrán hacer referencia a las donaciones en sus documentos internos y en sus informes anuales, lo que refleja la importancia de la transparencia y el reconocimiento de las aportaciones. El régimen legal del acuerdo se basa en el artículo 1, párrafo 3, del Acuerdo Marco de Cooperación entre España y la OMS. Esto garantiza que el acuerdo se realice dentro del marco jurídico previamente establecido. En cuanto a la finalización, el acuerdo estará vigente hasta la fecha prevista para su finalización. Cualquier incumplimiento de los términos del acuerdo por parte de cualquiera de los firmantes será motivo de terminación. Además, cualquiera de los firmantes podrá desistir del acuerdo con una notificación previa de al menos seis meses, siempre que se liquide cualquier obligación pendiente. El acuerdo se firmó en dos versiones originales, en español e inglés, ambas con igual validez. Entró en vigor el 1 de noviembre de 2016, según se establece en su artículo quinto. La firma del acuerdo fue realizada por Alfonso Alonso Aranegui, Ministro de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y Marie-Paule Kieny, Subdirectora General para los Servicios de Salud e Innovación de la OMS. La Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Isabel Vizcaíno Fernández de Casadevante, certificó la firma del acuerdo el 7 de septiembre de 2016. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El acuerdo establece una cooperación entre España y la OMS para mejorar la seguridad y calidad en trasplantes. Se basa en un marco jurídico previo y establece mecanismos de finalización y cumplimiento. Es un instrumento clave para la mejora global de la donación y trasplante de órganos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Cooperación internacional**: España y la OMS colaboran en materia de donación y trasplante de órganos. ⚠️ **Cumplimiento y terminación**: El incumplimiento de términos puede llevar a la terminación del acuerdo. 📋 **Vigencia y entrada en vigor**: El acuerdo entró en vigor el 1 de noviembre de 2016. ℹ️ **Marco jurídico**: Se basa en el Acuerdo Marco de Cooperación firmado en 2001. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional (España - OMS) - **Fuente**: Acuerdo Administrativo firmado el 14 de junio de 2016 - **Tipo**: Acuerdo Administrativo - **Fecha**: 14 de junio de 2016 - **Materias**: Salud pública, donación y trasplante de órganos, cooperación internacional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: donación, trasplante, OMS, cooperación, salud pública, acuerdos internacionales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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💬 Contexto ciudadano
Este acuerdo administrativo de 2016-2017, firmado entre el Ministerio de Sanidad español y la Organización Mundial de la Salud (OMS), se enmarca en un contexto de cooperación internacional preexistente, concretamente en el Acuerdo Marco de 2001. España, a través de su Organización Nacional de Trasplantes (ONT), ya contaba con una sólida experiencia en la gestión de datos de trasplantes, reconocida a nivel europeo y sudamericano, y había colaborado previamente con la OMS en el desarrollo del Observatorio Mundial de Donación y Trasplante. Esta iniciativa se alinea con resoluciones de la Asamblea Mundial de la Salud que promueven la recopilación de datos globales para mejorar la seguridad y el acceso a los trasplantes. La diferencia fundamental para el ciudadano radica en la consolidación de un marco de colaboración que busca estandarizar y mejorar las prácticas de donación y trasplante a nivel mundial, beneficiando indirectamente a los pacientes al promover la calidad y la equidad en el acceso a órganos, células y tejidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────