Orden MinisterialNacionalvigente

Orden SCB/926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.

BOE-A-2018-12399Publicada: 12/09/2018MINISTERIO DE SANIDAD, CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden SCB/926/2018, de 10 de septiembre, por la que se regula el Programa de Tur ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden SCB/926/2018 regula el Programa de Turismo del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), con el objetivo de mejorar la calidad de vida de las personas mayores mediante viajes y actividades turísticas asequibles. 2. **CONTEXTO** El Programa de Turismo del Imserso fue creado en 1985 con el propósito de fomentar el envejecimiento activo y mejorar la calidad de vida de las personas mayores. La presente orden busca regular este programa, garantizando transparencia y eficacia en su gestión. La norma se fundamenta en el marco legal de la Seguridad Social y en la estructura orgánica del Imserso. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden SCB/926/2018 establece el régimen jurídico del Programa de Turismo del Imserso, regulando su organización, gestión y ejecución. El texto se fundamenta en el artículo 42.1.e) del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (TRLGSS), que establece que el sistema de Seguridad Social debe garantizar prestaciones de servicios sociales, incluyendo asistencia a personas mayores. Asimismo, el artículo 66.1.c) del TRLGSS atribuye al Imserso la gestión de servicios complementarios de las prestaciones del sistema de Seguridad Social. La Orden se basa en el Real Decreto 1226/2005, que otorga al Imserso la competencia para gestionar servicios complementarios de las prestaciones del sistema de Seguridad Social, según su artículo 1.2.b). Además, la norma se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, respetando los principios de transparencia, necesidad, eficacia y proporcionalidad. El Programa de Turismo se regula mediante la contratación de servicios, conforme a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que transpone las Directivas europeas en materia de contratación pública. El Imserso podrá suscribir convenios con otras Administraciones públicas, corporaciones de derecho público o entidades sin ánimo de lucro para potenciar el cumplimiento de los objetivos del programa. Estos convenios pueden incluir la financiación a aportar por las partes involucradas. La supervisión y seguimiento del programa serán realizados directamente por el Imserso, garantizando la calidad de los servicios prestados. La norma se dicta al amparo del artículo 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre legislación básica de la Seguridad Social. Además, se habilita a la persona titular de la Dirección General del Imserso para dictar resoluciones necesarias para el cumplimiento de la orden. Finalmente, la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden SCB/926/2018 establece un marco jurídico claro para el Programa de Turismo del Imserso, garantizando su transparencia, eficacia y cumplimiento con los principios de la buena regulación. La norma busca mejorar la calidad de vida de las personas mayores y potenciar el desarrollo del sector turístico. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del Programa de Turismo del Imserso** ⚠️ **Cumplimiento con principios de buena regulación** 📋 **Gestión mediante contratación pública y convenios** ℹ️ **Supervisión directa por parte del Imserso** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial SCB/926/2018 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 10 de septiembre de 2018 - **Materias**: Seguridad Social, Turismo, Servicios Sociales, Contratación Pública - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden SCB/926/2018, el Programa de Turismo del IMSERSO, iniciado en 1985, operaba sin una regulación específica y detallada, basándose en la normativa general de la Seguridad Social que habilita la gestión de servicios complementarios para personas mayores. Esta orden nacional, aprobada por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, viene a formalizar y dar mayor transparencia a un programa que, si bien comparte objetivos con iniciativas de fomento del envejecimiento activo y el turismo social que puedan existir en otras comunidades autónomas o a nivel europeo, se distingue por su carácter estatal y su vinculación directa a la acción protectora de la Seguridad Social. La aprobación de esta orden por el gobierno central, tras consultas públicas y con el visto bueno de diversos organismos, aporta seguridad jurídica y claridad al ciudadano, garantizando que los beneficios y el acceso al programa se realicen bajo criterios uniformes y predecibles en todo el territorio nacional, lo cual es fundamental para asegurar la igualdad de oportunidades y el acceso a este recurso de bienestar. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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