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Real Decreto 116/2013, de 15 de febrero, por el que se regula la expedición del pasaporte provisional y del salvoconducto.

BOE-A-2013-2033Publicada: 23/02/2013Ministerio de la Presidencia

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-24 Fuente original: ES-BOE-RD — Real Decreto 116/2013, de 15 de febrero, por el que se regula la expedición del pasaporte provisional y del salvoconducto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **FICHA DE IDENTIFICACIÓN** | Elemento | Detalle | |----------|---------| | **Jurisdicción** | ES | | **Fuente** | ES-BOE-RD | | **Órgano emisor** | Presidencia del Gobierno / Ministerios de Asuntos Exteriores y de Cooperación / Interior | | **Tipo de norma** | Real Decreto | | **Fecha** | 15 de febrero de 2013 | | **Identificador** | RD 116/2013 | | **Idioma original** | Español | | **Materias** | Documentación de identidad, documentos de viaje, seguridad documental, normativa europea | | **Ámbito** | Nacional e internacional | | **Relevancia IW** | MEDIA | --- **¿QUÉ RESUELVE ESTE DOCUMENTO?** Crea el pasaporte provisional como documento de viaje de emergencia expedible directamente por Misiones Diplomáticas y Consulados españoles en el extranjero para ciudadanos españoles que requieren desplazamiento urgente sin poder regresar a España ni esperar la emisión del pasaporte ordinario. --- **CONTEXTO (para entenderlo mejor)** El pasaporte ordinario moderno incorpora tecnología biométrica (soporte de almacenamiento de datos e impresiones dactilares) conforme exigía el Reglamento (CE) 2252/2004 modificado por el (CE) 444/2009. Su fabricación centralizada en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación impedía a los Consulados expedirlo in situ. Históricamente, en situaciones urgentes se entregaban libretas de pasaporte antiguas que no cumplían las normas mínimas de seguridad europeas. Este Real Decreto soluciona esa carencia regulando un nuevo modelo técnicamente viable en expedición directa consular. --- **LO QUE DICE EL DOCUMENTO** El pasaporte provisional se configura como modalidad del pasaporte ordinario (art. 1), acreditando identidad y nacionalidad españoles dentro y fuera del territorio nacional con idénticas garantías jurídicas. Su expedición corresponde exclusivamente a las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de carrera (art. 2), conforme procedimiento idéntico al pasaporte ordinario pero acreditando necesidad urgente: ciudadanos españoles en el extranjero sin previsión de regreso inmediato a España que no pueden aguardar la emisión del modelo ordinario (art. 3). Validez máxima improrrogable de 12 meses (art. 4). Físicamente, constituye libreta encuadernada con cubierta verde, 16 páginas numeradas (88×125 mm), número de serie perforado en todas las páginas salvo primera y segunda. Primera página contiene "ESPAÑA", escudo oficial y denominación trilingüe: "PASAPORTE PROVISIONAL / EMERGENCY PASSPORT / PASSEPORT PROVISOIRE" (art. 5). Segunda página plastificada con lámina de seguridad (medidas gráficas, ópticas, imagen fantasma anti-manipulación), contiene: número de pasaporte, número identificador personal del Registro de Matrícula Consular, Misión/Oficina expedidora, datos identificativos completos (apellidos, nombre, nacionalidad, fecha/lugar nacimiento, sexo), fechas expedición y caducidad, firma digitalizada y fotografía digitalizada del titular. Texto trilingüe (castellano, inglés, francés) con dos líneas OCR inferiores para lectura mecánica (art. 6). Tercera página reservada a observaciones de autoridades. Cuarta página contiene traducción francesa e inglesa de datos. Una página reproducirá disposiciones reguladoras del pasaporte y artículo 23 del Tratado Funcionamiento de la Unión Europea. Resto destinadas a visados. El Ministerio de Asuntos Exteriores comunicará al Interior (Dirección General de Policía) bimensualmente relaciones de pasaportes expedidos mediante procedimientos telemáticos (art. 2.2). El salvoconducto (*salvo-conducto*) regula expedición a ciudadanos españoles sin documentación que precisen regreso urgente a España y a extranjeros cuya protección internacional asuma España o sean autorizados traslado para solicitar protección internacional (art. 7). --- **CONCLUSIÓN EN PALABRAS SIMPLES** Si eres español y estás en el extranjero en una situación urgente (no puedes volver pronto a España), el Consulado puede darte un pasaporte provisional válido 1 año en lugar de esperar al pasaporte normal. Es un documento de emergencia con todas las medidas de seguridad europeas que cumple la ley. --- **¿QUÉ DEBES TENER EN CUENTA?** 📋 **Validez limitada a 12 meses máximo y no prorrogable** — El pasaporte provisional caduca sin opción de extensión; debe renovarse solicitando el pasaporte ordinario antes de su expiración. ✅ **Expedible inmediatamente en cualquier Consulado/Misión ante urgencia acreditada** — No requiere centralización; agiliza tramitación consular en emergencias documentales. ⚠️ **Diseño simplificado respecto a pasaporte ordinario** — Aunque cumple normas europeas de seguridad (datos biométricos digitalizados), carece del soporte de almacenamiento avanzado del ordinario; algunos países terceros pueden exigir pasaporte ordinario. ℹ️ **Relevancia transfronteriza: armonización europea** — El RD implementa solución técnica conforme a estándares Reglamento (CE) 2252/2004 para cohesión consular en toda la UE; afecta españoles residentes UE y terceros países. --- **VOTOS PARTICULARES** No constan votos particulares en la documentación de aprobación del Real Decreto. --- ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 116/2013, los ciudadanos españoles dependían exclusivamente del pasaporte ordinario, emitido por la Administración estatal, sin alternativas en situaciones de emergencia. Este RD introduce el pasaporte provisional, un documento de viaje temporal expedible por Misiones Diplomáticas y Consulados, lo que mejora la flexibilidad en situaciones urgentes. Este cambio refleja una adaptación a la normativa europea, que exige mayor seguridad y eficiencia en la documentación de identidad, y permite a España alinear su sistema con estándares internacionales, facilitando el desplazamiento de ciudadanos en contextos críticos.

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