Real DecretoNacionalvigente

Orden SCB/1242/2018, de 19 de noviembre, por la que se modifican los anexos I, II y III del Real Decreto 1205/2010, de 24 de septiembre, por el que se fijan las bases para la inclusión de los alimentos dietéticos para usos médicos especiales en la prestación con productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud y para el establecimiento de sus importes máximos de financiación.

BOE-A-2018-16080Publicada: 26/11/2018MINISTERIO DE SANIDAD, CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden SCB/1242/2018, de 19 de noviembre, por la que se modifican los anexos I, I ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1205/2010 se modifica mediante el Orden SCB/1242/2018, que actualiza los anexos I, II y III, estableciendo nuevos valores de indicadores de referencia para productos dietéticos médicos especiales. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1030/2006 define la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, incluyendo productos dietéticos. El Real Decreto 1205/2010 establece los criterios para la inclusión de alimentos dietéticos médicos especiales y sus importes máximos de financiación. La Orden SCB/1242/2018 modifica estos anexos para actualizar los valores de indicadores de referencia. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1205/2010, de 24 de septiembre, establece las bases para la inclusión de alimentos dietéticos para usos médicos especiales en la prestación con productos dietéticos del Sistema Nacional de Salud y fija los importes máximos de financiación. Este decreto se complementa con el anexo I, que detalla los tipos y subtipos de productos susceptibles de financiación; el anexo II, que establece los criterios para la asignación de tipo a estos productos; y el anexo III, que define el valor del indicador de referencia para el cálculo de los importes máximos de financiación para cada subtipo. La Orden SCB/1242/2018, de 19 de noviembre, modifica los anexos I, II y III del Real Decreto 1205/2010. En concreto, se actualizan los valores de los indicadores de referencia para varios subtipos de productos dietéticos médicos especiales. Por ejemplo, se modifica el valor del indicador de referencia para el subtipo AEAF1, que pasa de 0,8611 a 0,9690, y para el subtipo AEAF2, que pasa de 0,8063 a 1,3549. Estos cambios se reflejan en el anexo III del Real Decreto 1205/2010, que contiene los valores del indicador de referencia para cada subtipo. Además, la Orden SCB/1242/2018 modifica el valor del indicador de referencia del subtipo MHID5, que pasa de 0,0708 a un valor más detallado, especificando que se trata de "Gramo de almidón de maíz modificado rico en amilopectina" con un valor de 0,0708 euros. Estos cambios reflejan una actualización de los criterios de financiación para garantizar que los importes máximos de financiación se ajusten a los costos reales de los productos dietéticos médicos especiales. El Real Decreto 1205/2010, en su artículo 7.3, establece que la inclusión en la oferta de un producto que no se corresponda con uno de los tipos contemplados en su anexo I se regirá por la Orden SCO/3422/2007, que desarrolla el procedimiento de actualización de la cartera de servicios comunes. Además, en su disposición final segunda, se habilita a la persona titular del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, previo informe del Comité asesor para la prestación con productos dietéticos, para la actualización de los anexos, especialmente para la revisión o detalle de los tipos, subtipos e indicadores de referencia incluidos en los anexos I y III. La Orden SCB/1242/2018, por tanto, refleja una actualización de los criterios de financiación de los productos dietéticos médicos especiales, ajustando los valores de los indicadores de referencia para garantizar una financiación adecuada y equitativa. Estos cambios son relevantes para la gestión de la prestación con productos dietéticos en el Sistema Nacional de Salud, ya que permiten una mejor adaptación a las necesidades clínicas y económicas de los pacientes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden SCB/1242/2018 actualiza los anexos del Real Decreto 1205/2010 para ajustar los valores de los indicadores de referencia de los productos dietéticos médicos especiales. Estos cambios permiten una financiación más precisa y adecuada a las necesidades reales de los pacientes. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Se actualizan los valores de los indicadores de referencia de varios subtipos de productos dietéticos médicos especiales. ⚠️ Los cambios afectan directamente los importes máximos de financiación de estos productos. 📋 La Orden SCB/1242/2018 modifica los anexos I, II y III del Real Decreto 1205/2010. ℹ️ La actualización se realiza con base en el informe del Comité asesor para la prestación con productos dietéticos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden SCB/1242/2018 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 19 de noviembre de 2018 - **Materias**: Salud, productos dietéticos médicos especiales, financiación pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: productos dietéticos médicos especiales, financiación, indicadores de referencia, Sistema Nacional de Salud ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden SCB/1242/2018, la financiación de alimentos dietéticos para usos médicos especiales en el Sistema Nacional de Salud se regía por el Real Decreto 1205/2010, que establecía las bases y los anexos con tipos de productos y criterios de financiación, complementando el Real Decreto 1030/2006 sobre la cartera de servicios comunes. Esta normativa estatal, que no tiene un equivalente directo en directivas europeas específicas para esta materia, era susceptible de actualización por el Ministerio de Sanidad. La aprobación de estas modificaciones recae en el titular del Ministerio, previo informe de un comité asesor y la Comisión de Prestaciones, Aseguramiento y Financiación, sin que exista un rechazo explícito por parte de las Comunidades Autónomas, aunque su implementación pueda variar. Esta actualización es crucial para el ciudadano, ya que permite incluir nuevas fórmulas para patologías como las hiperfenilalaninemias y mejora el acceso a tratamientos para enfermedades raras como la glucogenosis, garantizando una oferta más ajustada a las necesidades médicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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