Orden SCB/104/2019, de 7 de febrero, por la que se modifica la Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero, por la que se crea el Comité de las profesiones del sector sanitario y social.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden SCB/104/2019, de 7 de febrero, por la que se modifica la Orden SCB/93/2019 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden SCB/104/2019 modifica la Orden SCB/93/2019 para actualizar la lista de Colegios Oficiales que componen el Comité de las profesiones del sector sanitario y social. 2. **CONTEXTO** La Orden SCB/93/2019 estableció el Comité de las profesiones del sector sanitario y social como órgano consultivo del Ministerio de Sanidad. Para garantizar su representatividad, se precisa la inclusión de todos los Colegios Oficiales pertenecientes al sector. La Orden SCB/104/2019 corrige y actualiza esta lista. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden SCB/104/2019, de 7 de febrero de 2019, modifica la Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero de 2019, que creó el Comité de las profesiones del sector sanitario y social. El objetivo principal es actualizar la lista de Colegios Oficiales que integran el Comité, asegurando su representatividad y actualización. En el artículo 3 de la Orden SCB/93/2019, se establecía la composición del Comité, indicando que las Vocalías serían ocupadas por las personas que ostenten la Presidencia de los Consejos Generales de los Colegios Oficiales del sector sanitario y social. Sin embargo, no se detallaba la lista completa de estos Colegios. La Orden SCB/104/2019 corrige este punto, incorporando una lista exhaustiva de los Colegios Oficiales que componen el Comité. En concreto, el artículo único de la Orden SCB/104/2019 modifica el artículo 3 de la Orden SCB/93/2019, incluyendo los siguientes Colegios Oficiales: - Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos - Consejo General de Colegios Oficiales de Enfermería - Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos - Consejo General de Colegios Oficiales de Veterinarios - Consejo General de Colegios Oficiales de Odontólogos y Estomatólogos - Consejo General de Colegios Oficiales de Fisioterapeutas - Consejo General de Colegios Oficiales de Químicos - Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos - Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos - Consejo General de Colegios Oficiales de Logopedas - Consejo General de Colegios Oficiales de Ópticos y Optometristas - Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos - Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas - Consejo General de Colegios Profesionales de Terapeutas Ocupacionales de España - Consejo General de Colegios Oficiales del Trabajo Social - Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales - Colegio Oficial de Físicos Además, el artículo 3 de la Orden SCB/104/2019 establece que entre las personas que ostenten las Vocalías, la persona titular del Ministerio de Sanidad nombrará con carácter rotatorio a las personas que ostenten la Presidencia y la Vicepresidencia, con un mandato de dos años. La Secretaría del Comité corresponderá a un funcionario del Ministerio, designado por la titular, que actuará con voz pero sin voto. La Orden SCB/104/2019 entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden SCB/104/2019 actualiza la lista de Colegios Oficiales que conforman el Comité de las profesiones del sector sanitario y social. Se establecen normas sobre la composición y funciones del Comité, garantizando su representatividad y funcionamiento. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la lista de Colegios Oficiales**: Se actualiza la lista de profesiones que integran el Comité. ⚠️ **Rotación de cargos**: La Presidencia y Vicepresidencia del Comité se nombran con carácter rotatorio. 📋 **Funciones del Secretario**: El Secretario actúa con voz pero sin voto. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 7 de febrero de 2019 - **Materias**: Sanidad, Colegios Profesionales, Comités consultivos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
La Orden SCB/104/2019, de 7 de febrero, modifica la Orden SCB/93/2019, que creó el Comité de las profesiones del sector sanitario y social. Previamente, la regulación de la composición de este comité consultivo, dependiente del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, era incompleta. Esta modificación, aprobada por el Ministerio, busca subsanar dicha omisión, detallando las profesiones cuyos representantes integrarán las vocalías. A diferencia de normativas autonómicas que podrían tener estructuras similares o diferentes, esta orden estatal establece un marco nacional. La importancia para el ciudadano radica en que la correcta y completa conformación de este comité asegura un asesoramiento más robusto y representativo al Ministerio, lo que puede influir en la calidad y pertinencia de las políticas sanitarias y sociales que afecten directamente a la ciudadanía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────