Orden MinisterialNacionalvigente

Orden SCB/94/2019, de 4 de febrero, por la que se desarrolla la composición y régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales.

BOE-A-2019-1540Publicada: 06/02/2019Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden SCB/94/2019, de 4 de febrero, por la que se desarrolla la composición y ré ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden SCB/94/2019 establece el régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales, derogando la Orden SSI/1840/2012 y modificando su estructura y competencias para incluir aspectos sociales y de bienestar. 2. **CONTEXTO** El Consejo Asesor de Sanidad fue creado por el Real Decreto 858/1992 y ha sido sucesivamente modificado por distintos reales decretos, incluyendo la Orden SSI/1840/2012. La Orden SCB/94/2019 reemplaza esta última, ampliando su ámbito de actuación para incluir servicios sociales y bienestar. El Real Decreto 1047/2018 también modificó su denominación y competencias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden SCB/94/2019, de 4 de febrero de 2019, regula la composición y régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales, derogando la Orden SSI/1840/2012. El Consejo, creado por el artículo 2.3 del Real Decreto 858/1992, era un órgano consultivo encargado de asesorar a la persona titular del Ministerio en la formulación de la política sanitaria. Con los años, su competencia fue ampliando con distintos reales decretos, hasta llegar a la Orden SSI/1840/2012, que estableció su régimen actual. La Orden SCB/94/2019, en cambio, introduce una visión más integral, vinculando la política sanitaria con el bienestar social, especialmente en materia de colectivos vulnerables como las personas con enfermedades crónicas o discapacidad. En el artículo 1, se establece que el Consejo Asesor elaborará su propio Reglamento de Régimen Interno, ajustándose a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en materia de órganos colegiados. En el artículo 2, se permite al Presidente convocar, con voz pero sin voto, a representantes de la Administración, expertos externos y entidades cuando sea conveniente. En el artículo 3, se establece que en caso de conflicto de interés, los miembros deberán comunicarlo por escrito a la Secretaría o Presidencia, sin poder ejercer sus funciones en esos casos. En el artículo 4, se establece que el Ministerio facilitará los medios necesarios para el funcionamiento del Consejo. En el artículo 11, se regula el régimen económico: los miembros no percibirán remuneración, y el coste de funcionamiento se atenderá con cargo a los créditos del Ministerio sin incrementar su dotación global. La disposición derogatoria única deroga la Orden SSI/1840/2012, mientras que la disposición final primera establece que la organización del Consejo no incrementará el gasto público. Finalmente, la disposición final segunda indica que la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden SCB/94/2019 establece el régimen de funcionamiento del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales, ampliando su ámbito de actuación y derogando la Orden SSI/1840/2012. No hay incremento de gasto público y el Consejo opera bajo su propio reglamento, ajustándose a la Ley 40/2015. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Derogación de la Orden SSI/1840/2012**: Se sustituye por la Orden SCB/94/2019. ⚠️ **Ampliación de competencias**: El Consejo ahora abarca tanto la salud como el bienestar social. 📋 **Reglamento interno**: El Consejo elabora su propio reglamento, ajustándose a la Ley 40/2015. ℹ️ **No incremento de gasto**: La organización no supone aumento de gastos públicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden SCB/94/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 4 de febrero de 2019 - **Materias**: Sanidad, Servicios Sociales, Organización Administrativa, Órganos Colegiados - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden SCB/94/2019 actualiza la composición y funcionamiento del Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales, un órgano consultivo cuya función principal, desde su creación en 1992, ha sido asistir al Ministerio en la formulación de políticas sanitarias. La normativa previa, como la Orden SSI/1840/2012, ya había ido ampliando sus competencias, pero el Real Decreto 1047/2018 amplió su alcance para incluir también los servicios sociales, denominándolo Consejo Asesor de Sanidad y Servicios Sociales. Esta evolución, que no tiene un paralelo directo en normativas autonómicas o directivas europeas específicas sobre la composición de este tipo de consejos, busca una visión más integral y la vinculación de políticas sanitarias con la protección social de colectivos vulnerables. La aprobación de esta orden por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social es relevante para el ciudadano porque una estructura y funcionamiento más eficientes y abarcadores del Consejo pueden traducirse en políticas públicas mejor diseñadas y más adaptadas a las necesidades sociales y sanitarias complejas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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