Ley Foral 11/2020, de 22 de abril, por la que se concede un crédito extraordinario por importe de 409.637 euros en la partida de nueva creación 900003-91600-4300-231500 "Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa".
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Ley Foral 11/2020, de 22 de abril, por la que se concede un crédito extraordinar ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 11/2020 concede un crédito extraordinario de 409.637 euros a la Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa para compensar gastos incurridos en enero y febrero de 2020. 2. **CONTEXTO** El Departamento de Derechos Sociales solicitó la creación de una partida presupuestaria en 2020 para la Fundación Navarra. La Ley Foral 13/2007 establece que en caso de necesidad de gasto urgente sin crédito disponible, se puede conceder un crédito extraordinario. Esta ley fue aprobada por el Parlamento de Navarra el 22 de abril de 2020. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 11/2020, de 22 de abril, concede un crédito extraordinario por importe de 409.637 euros para la Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa. Este crédito se destina a compensar gastos incurridos en los meses de enero y febrero de 2020. El artículo 1 establece que el crédito se aplicará a la partida presupuestaria 900003-91600-4300-231500. El artículo 2 indica que la financiación del crédito extraordinario se realizará con cargo al crédito disponible en la partida del presupuesto vigente 900003-91600-2279-231500, que corresponde al encargo a la Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa. La disposición final única establece que la ley entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, en su artículo 48, párrafo primero, dispone que cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista el crédito, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de un crédito extraordinario. Además, el párrafo segundo de dicho artículo 48 establece que el crédito extraordinario puede financiarse con otros créditos disponibles de cualquier programa de gasto. Esta norma se publicó en el Boletín Oficial de Navarra número 85, de 24 de abril de 2020. La ley fue promulgada por la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués, en cumplimiento del artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 11/2020 concede un crédito extraordinario a la Fundación Navarra para cubrir gastos incurridos en 2020. El crédito se financia con recursos disponibles de otra partida presupuestaria. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito extraordinario**: Se concede un crédito de 409.637 euros para compensar gastos de la Fundación Navarra. ⚠️ **Financiación con otros créditos**: El crédito se financia con recursos de otra partida presupuestaria. 📋 **Procedimiento legal**: La norma se basa en la Ley Foral 13/2007, que permite la concesión de créditos extraordinarios en casos urgentes. ℹ️ **Entrada en vigor**: La ley entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Boletín Oficial de Navarra, número 85, de 24 de abril de 2020 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha**: 22 de abril de 2020 - **Materias**: Presupuesto, Hacienda Pública, Servicios Sociales, Fundaciones - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: crédito extraordinario, Fundación Navarra, servicios sociales, presupuesto, Ley Foral 13/2007 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Ley Foral navarra responde a una necesidad presupuestaria específica, concediendo un crédito extraordinario para la Fundación Navarra para la Gestión de Servicios Sociales Públicos-Gizain Fundazioa, cubriendo gastos de enero y febrero de 2020. Antes de esta ley, la financiación de tales gastos imprevistos se regía por la Ley Foral de Hacienda Pública de Navarra, que permitía al Gobierno proponer créditos extraordinarios al Parlamento. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener mecanismos distintos o depender más de normativas estatales para la gestión de créditos extraordinarios, Navarra utiliza su propio marco legislativo foral. La aprobación recae en el Parlamento de Navarra, a propuesta del Gobierno, lo que implica un control democrático sobre la asignación de fondos públicos. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque garantiza la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los fondos públicos destinados a servicios sociales, asegurando que los recursos se destinan a cubrir necesidades urgentes y previamente justificadas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────