Orden MinisterialNacionalvigente

Orden SND/1287/2020, de 23 de diciembre, por la que se corrigen errores de la Orden SND/1121/2020, de 27 de noviembre, por la que se procede a la actualización en 2020 del sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud.

BOE-A-2020-17347Publicada: 31/12/2020MINISTERIO DE SANIDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden SND/1287/2020, de 23 de diciembre, por la que se corrigen errores de la Or ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden SND/1287/2020 corrige errores en la Orden SND/1121/2020, que actualizaba los precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud, sin alterar su contenido material. 2. **CONTEXTO** La Orden SND/1121/2020 establecía los precios de referencia de medicamentos para el año 2020 en el Sistema Nacional de Salud. Sin embargo, se detectaron errores en la publicación de dicha orden en el Boletín Oficial del Estado. La Orden SND/1287/2020 corrige estos errores, manteniendo el contenido esencial de la norma original. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden SND/1287/2020, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 28 de diciembre de 2020, corrige errores en la Orden SND/1121/2020, que establecía los precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud para el año 2020. La corrección se realiza sin alterar el contenido material de la norma original, lo que significa que los precios y los medicamentos afectados siguen siendo los mismos, pero se corrigen errores en su presentación. En concreto, la Orden SND/1287/2020 corrige errores en la página 106504, donde se corrige el precio de los medicamentos **ALTELLUS** y **ANAPEN** de 40,02 a 42,09 euros. En la página 106549, se corrige el precio del medicamento **ACTIQ** de 52,81 a 52,81 euros, aunque se observa que el precio no cambia, lo que podría indicar un error de redacción. En la página 107305, se corrige el precio de los medicamentos **ADISOCOL** de 7,51, 5,78 y 2,89 euros a 13,74, 9,16 y 4,58 euros, respectivamente. Estas correcciones afectan a precios de medicamentos que se utilizan en el Sistema Nacional de Salud, por lo que su actualización es relevante para la gestión de los recursos sanitarios y la adquisición de medicamentos por parte de las administraciones públicas. La Orden SND/1287/2020 no modifica el contenido material de la Orden SND/1121/2020, sino que corrige errores en la publicación, lo que garantiza la precisión de la información proporcionada. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado el 28 de diciembre de 2020, y su entrada en vigor se produce en el momento de su publicación. La corrección de errores es un mecanismo legal previsto en el derecho administrativo para corregir imprecisiones en la redacción de normas, sin afectar a su contenido sustancial. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden SND/1287/2020 corrige errores en la Orden SND/1121/2020, que actualizaba los precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud. Estas correcciones no alteran el contenido material, sino que garantizan la precisión de la información publicada. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado el 28 de diciembre de 2020. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: La norma corrige errores en la publicación de la Orden SND/1121/2020, sin alterar su contenido material. ⚠️ **Precios de medicamentos**: Se corrigen precios de medicamentos como ALTELLUS, ANAPEN y ADISOCOL, afectando su valor en el Sistema Nacional de Salud. 📋 **Publicación en el B.O.E.**: La norma se publica el 28 de diciembre de 2020, entrando en vigor en el momento de su publicación. ℹ️ **Relevancia administrativa**: Es relevante para la gestión de recursos sanitarios y la adquisición de medicamentos por parte de las administraciones públicas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 28 de diciembre de 2020 - **Materias**: Salud, precios de medicamentos, Sistema Nacional de Salud - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial, aprobada por el Ministerio de Sanidad, corrige errores materiales en una orden anterior que actualizaba el sistema de precios de referencia de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud. Antes de esta corrección, existían discrepancias en los precios de medicamentos como la epinefrina, el fentanilo y la inclusión de la albúmina humana, que afectaban a la facturación y al coste para el Sistema Nacional de Salud. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propios sistemas de gestión de precios o convenios, la normativa estatal establece los precios de referencia a nivel nacional, alineándose con directivas europeas sobre transparencia y acceso a medicamentos. La corrección de estos errores es crucial para el ciudadano, ya que asegura que los precios de los medicamentos sean los correctos y evita posibles sobrecostes o desabastecimientos derivados de una incorrecta fijación de precios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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