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Resolución de 23 de febrero de 2021, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, por la que se regula el procedimiento para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano, por los enfermeros y enfermeras en las Ciudades de Ceuta y Melilla.

BOE-A-2021-3105Publicada: 27/02/2021MINISTERIO DE SANIDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de febrero de 2021, del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de febrero de 2021 del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria establece el procedimiento para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por enfermeros y enfermeras en Ceuta y Melilla. 2. **CONTEXTO** Esta norma se inscribe en el marco de la Ley de Garantías y Uso Racional del Medicamento y Productos Sanitarios, que otorga a los enfermeros la posibilidad de actuar de forma autónoma en ciertos medicamentos. El Real Decreto 954/2015, modificado posteriormente, establece que las Comunidades Autónomas regularán el procedimiento de acreditación de enfermeros para esta actividad. La presente resolución se aplica específicamente en Ceuta y Melilla, donde se requiere una regulación específica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de febrero de 2021 del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) regula el procedimiento para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por enfermeros y enfermeras en las Ciudades de Ceuta y Melilla. Esta norma se fundamenta en el Real Decreto-ley 1/2015, que otorga a los enfermeros la posibilidad de actuar de forma autónoma en ciertos medicamentos, y en el Real Decreto 954/2015, modificado por el Real Decreto 1302/2018, que establece que las Comunidades Autónomas regularán el procedimiento de acreditación de enfermeros para esta actividad. En concreto, la Resolución establece que la acreditación para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios será otorgada por la persona titular del órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva, en el marco de sus competencias. En Ceuta y Melilla, esta función corresponde al Instituto Nacional de Gestión Sanitaria. La acreditación se notificará al Ministerio de Sanidad para su inclusión en el Registro Nacional de Profesionales Sanitarios, y se considerará parte de los datos públicos según lo establecido en la Ley 16/2003. Además, la Resolución establece que el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria realizará las adaptaciones técnicas necesarias en el Sistema integrado de receta electrónica para permitir a las enfermeras con acreditación emitir órdenes de dispensación electrónica. También se establece el procedimiento para la interposición de recursos de reposición contra la Resolución, dentro del plazo de un mes desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme a la Ley 39/2015. La Resolución incluye un anexo con la relación de enfermeros del ámbito de los cuidados generales y especializados que cumplen los requisitos para la acreditación de oficio, según datos del sistema informático del INGESA a fecha 1 de febrero de 2021. Esta norma se enmarca en el marco de la regulación de competencias profesionales sanitarias, y busca garantizar la seguridad y calidad en la atención sanitaria, permitiendo a los enfermeros actuar con autonomía en ciertos ámbitos, siempre que cuenten con la acreditación correspondiente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución establece el procedimiento para la acreditación de enfermeros en Ceuta y Melilla. La acreditación se otorga por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y se registra en el sistema nacional. Se establecen mecanismos de recurso y adaptaciones técnicas para la dispensación electrónica. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Acreditación de enfermeros**: El INGESA otorga la acreditación para la indicación, uso y autorización de medicamentos en Ceuta y Melilla. ⚠️ **Procedimiento de acreditación**: Regulado por las Comunidades Autónomas, en este caso, por el INGESA. 📋 **Registro nacional**: La acreditación se incluye en el Registro Nacional de Profesionales Sanitarios. ℹ️ **Acceso a sistemas electrónicos**: Se realizan adaptaciones técnicas para permitir la dispensación electrónica. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de febrero de 2021 - **Materias**: Salud, enfermería, medicamentos, acreditación profesional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: enfermería, acreditación, medicamentos, dispensación, Ceuta, Melilla, INGESA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, el marco normativo estatal, iniciado con el Real Decreto-ley 1/2015 y desarrollado por el Real Decreto 954/2015 (modificado posteriormente por el Real Decreto 1302/2018 tras una sentencia del Tribunal Constitucional), ya preveía la posibilidad de que los enfermeros indicaran y dispensaran medicamentos, tanto no sujetos a prescripción como, bajo ciertos criterios, sí sujetos a ella. Sin embargo, la acreditación para estos últimos quedaba delegada en las Comunidades Autónomas. Esta resolución del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) es relevante porque, a diferencia de las CCAA que tienen sus propios procedimientos, el INGESA asume esta competencia para Ceuta y Melilla, estableciendo un procedimiento propio y específico para estos territorios. Para el ciudadano, esta diferencia importa porque garantiza un acceso y una regulación homogénea y clara en la indicación y dispensación de medicamentos por parte de enfermeros en estas ciudades autónomas, evitando posibles disparidades o vacíos normativos que podrían existir si dependieran de normativas autonómicas no desarrolladas o distintas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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